21 de octubre de 2017

EL DEFENSOR DEL PUEBLO ABRE NUEVO EXPEDIENTE POR LA MINA DE URANIO DE BERKELEY EN RETORTILLO.

El defensor del pueblo abre expediente por la mina de uranio de retortillo (salamanca)
 
 
 
El Defensor del pueblo ha comunicado al portavoz de Compromís en el Senado, Carles Mulet, la apertura de un expediente por la mina de uranio en Retortillo (Salamanca), tras la queja formulada por la formación en colaboración con las acciones coordinadas con la Plataforma Stop Uranio.
 
El Defensor del Pueblo informó este sábado que está ahora estudiando el expediente, previo a adoptar las medidas que estime oportunas.
 
Por su parte, Compromís igualmente ha presentado una moción en el Senado exigiendo la anulación del proyecto, y decenas de iniciativas parlamentarias como preguntas escritas al Gobierno o peticiones de documentación diversa.
 
El escrito que ha ocasionado este expediente señala que el procurador del Común de Castilla y León dictó el 23 de agosto de 2017 una Resolución en la que le dice a la Junta de Castilla y León que la Declaración de Impacto Ambiental aprobada sobre el Proyecto de Explotación en la Concesión de Explotación de recursos minerales de uranio no es válida para la autorización de uso excepcional en suelo rústico y Licencia Urbanística de esa instalación radiactiva.
 
En dicha Resolución se señala que esa Institución "no puede enjuiciar aquellas decisiones adoptadas en su ámbito de competencia por parte de los órganos de la Administración del Estado".
 
En consecuencia, "no es posible efectuar ninguna valoración sobre la legalidad de la resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero, por la que se autorizó el vertido de aguas residuales a los cauces del río Yeltes y del arroyo Caganchas, ni sobre la resolución por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto por parte del ayuntamiento de Villavieja de Yeltes".
 
A pesar de esa posible contaminación del río Yeltes y su cuenca, en la Declaración de Impacto Ambiental no se hace ninguna referencia a si estos vertidos pueden tener incidencia en la salud de los pobladores de las márgenes del río, contraviniendo la normativa europea y española vigente.
 
De este modo, la Declaración de Impacto Ambiental "no disipa las dudas científicas razonables sobre los efectos del proyecto en especies como la sarda salmantina o el Sapillo pintojo ibérico, y presenta lagunas y conclusiones imprecisas".
 
"Tal y como demuestra este informe, los riesgos para el lugar y para ciertas especies de interés comunitario de peces, anfibios y reptiles es evidente y muy alto, y se ponen de manifiesto contradicciones y errores realizados en la evaluación de impactos y declaración de impacto ambiental".
 
En base a esto, se solicitó que el Defensor del Pueblo evalúe si en las Resoluciones aprobadas por la Confederación Hidrográfica del Duero, relativas a la concesión de aprovechamiento de aguas y autorización de vertidos de la explotación minera prevista en los términos municipales de Retortillo y Villavieja de Yeltes, se ha cumplido con la normativa vigente.
 
 
 
 
El escrito que ha ocasionado este expediente:
 
El Procurador del Común de Castilla y León ha dictado con fecha 23 de agosto de 2017 una Resolución en la que le dice a la Junta de Castilla y León que la Declaración de Impacto Ambiental aprobada por Orden FYM/796/2013, de 25 de septiembre, sobre el Proyecto de Explotación en la Concesión de Explotación para recursos de la Sección D), minerales de uranio, denominada Retortillo-Santidad nº 6.605-10, en los términos municipales de Retortillo y Villvavieja de Yeltes, provincia de Salamanca, promovido por Berkeley Minera de España S.A., no es válida para la Autorización de uso excepcional en suelo rústico y Licencia Urbanística de esa instalación radiactiva.
 
En dicha Resolución se señala que esa Institución “no puede enjuiciar aquellas decisiones adoptadas en su ámbito de competencia por parte de los órganos de la Administración del Estado. En consecuencia, no es posible efectuar ninguna valoración sobre la legalidad de la Resolución de 9 de mayo de 2016 de la Confederación Hidrográfica del Duero, por la que se autorizó el vertido de aguas residuales a los cauces del río Yeltes y del arroyo Caganchas, ni sobre la Resolución de 3 de mayo de 2017, por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto por parte del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes”.
 
En la Resolución de 9 de mayo de 2016, a la que hace referencia el Procurador del Común de Castilla y León, se recogen los aspectos del condicionado ambiental que figuran en la Declaración de Impacto Ambiental aprobada por la Junta de Castilla y León en relación a la protección de las aguas.
 
En diciembre de 2009, el Consejo de Seguridad Nuclear y el Instituto de Salud Carlos III presentaron un “Estudio epidemiológico del posible efecto de las radiaciones ionizantes derivadas del funcionamiento de las instalaciones nucleares y radiactivas del ciclo de combustible nuclear españolas sobre la salud de la población que reside en su proximidad”. En este documento se alerta de la contaminación química que se produce como consecuencia del funcionamiento de una planta de concentrados de uranio. No debemos olvidar que están autorizados los siguientes vertidos al río Yeltes por la Confederación Hidrográfica del Duero: Arsénico, 15 Kg/año. Níquel, 120 Kg/año. Cadmio, 3 Kg/año. Cobre, 72 Kg/año. Zinc, 300 Kg/año. Cromo total, 50 Kg/año. Plomo, 30 Kg/año. Hierro, 300 Kg/año. Manganeso, 200 Kg/año.
 
A pesar de esa posible contaminación del río Yeltes y su cuenca, en la Declaración de Impacto Ambiental no se hace ninguna referencia a si estos vertidos pueden tener incidencia en la salud de los pobladores de las márgenes del río, contraviniendo la normativa europea, 2011/92/UE, y española vigente en el momento de aprobación de la DIA, Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero.
 
Por otro lado, en noviembre de 2016 las científicas Graciela Gómez y Rocío Baquero de la Universidad de Castilla La Mancha, señalan en un estudio denominado “Asesoría Científico-Técnica para la valoración de los posibles efectos del funcionamiento de la explotación minera de uranio a cielo abierto Retortillo-Santidad (Salamanca) en la supervivencia a largo plazo de vertebrados acuáticos de interés comunitario en la cuenca del rio Yeltes”:
 
“La Declaración de Impacto Ambiental no disipa las dudas científicas razonables sobre los efectos del proyecto en especies como la Sarda salmantina o el Sapillo pintojo ibérico, y presenta lagunas y conclusiones imprecisas. Tal y como demuestra este informe, los riesgos para el lugar y para ciertas especies de interés comunitario de peces, anfibios y reptiles es evidente y muy alto, y se ponen de manifiesto contradicciones y errores realizados en la evaluación de impactos y declaración de impacto ambiental”.
 
En base a los antecedentes expuestos solicito que el Defensor del Pueblo evalúe si en las Resoluciones aprobadas por la Confederación Hidrográfica del Duero, relativas a la concesión de aprovechamiento de aguas y autorización de vertidos de la explotación minera prevista en los términos municipales de Retortillo y Villavieja de Yeltes, se ha cumplido con la normativa vigente en relación a este tipo de proyectos, o por el contrario, en consonancia con la manifestado por el Procurador del Común de Castilla y León, procede una nueva Evaluación de impacto sobre la mina proyectada.
 
 
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