Ciudadanos impugna el acuerdo de colaboración del Ayuntamiento de Vitigudino con la empresa de la mina de uranio
Ciudadanos considera que el negocio jurídico celebrado es "nulo de pleno derecho".
Antolín Alonso y Patricia Rodríguez (Ciudadanos) en el pleno del ayuntamiento de Vitigudino.
Los ediles del Grupo Municipal de Ciudadanos del Ayuntamiento de Vitigudino, Antolín Alonso, y Patricia Rodríguez, acaban presentar en registro un recurso de reposición contra el decreto de Alcaldía “por el que se aprobó el acuerdo de colaboración entre Berkeley Minera España S.A. y el Consistorio de Vitigudino“. El señalado acuerdo, según explican, forma parte del mismo decreto, según lo indicado en la resolución, y del que el equipo de Gobierno socialista, liderado por Germán Vicente, dio cuenta en el pleno celebrado a finales del pasado mes de abril.
Ciudadanos de Vitigudino considera que la resolución es “contraria al ordenamiento jurídico, como igualmente lo es el citado acuerdo“. Así, la formación naranja ha formulado el recurso de reposición que ha registrado en las dependencias municipales en la jornada de hoy.
En las alegaciones expuestas que fundamentan la acción, Ciudadanos destaca que el acuerdo de colaboración del Consistorio vitigudinense con la empresa minera en realidad “instrumenta una cesión en exclusiva a dicha compañía mercantil de las parcelas de titularidad pública y de naturaleza jurídica demanial, durante un periodo de 3 años, a cambio del compromiso de la empresa de proceder a la reforestación de las mismas”.
El concejal registrando el recurso. |
“De la lectura del instrumento se evidencia que tal convenio integra un contrato de arrendamiento puesto que en una de sus estipulaciones la entidad Berkeley Minera España se obliga a abonar al Consistorio un canon de 100 euros por hectárea durante la duración fijada, de forma que la cantidad total asciende a los 15.000 euros“, continúa en el escrito Ciudadanos para señalar acto seguido que “tal y como informó el regidor en el pleno municipal se dictó el decreto y se formalizó el convenio por la necesidad imperiosa que tenía la entidad Berkeley de plantar 20.000, o 30.000 encinas, en la dehesa de Vitigudino”… “tienen que plantarlas donde sea…”.
De esta forma, Antolín Alonso y Patricia Rodríguez entienden que “se trataba, pues, de una obligación de dicha mercantil para dar cumplimiento (donde sea según dijo el alcalde) para la viabilidad del proyecto extractivo que Berkeley acomete en Retortillo, de ahí, que, además del canon por el arrendamiento, en el impugnado acuerdo se establece otro canon de reforestación por importe de 800 euros por cada hectárea arbolada con encinas“.
Además, según manifiestan, “tal convenio cristalizó tras la oferta verbal de una persona intermediaria realizada al propio alcalde, según reconoció el primer edil en el pleno, pero sin que conste la presentación formal de ninguna solicitud en el registro municipal, y sin que tampoco se haya seguido expediente alguno habilitante para la suscripción de acuerdo ni para el dictado del decreto del alcalde”.
Los fundamentos alegados por Ciudadanos, y que han sido recogidos en los párrafos anteriores, son utilizados por la formación para “preguntarse” si, por lo señalado, “se ha respetado el régimen jurídico previsto en la ordenación normativa para conceder a un ente privado el uso exclusivo de bienes de dominio público, pues no podemos olvidar que, si bien es cierto que las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, pueden suscribir convenios con sujetos de derecho público y privado, también lo es que el contenido de estos convenios ha de ser ajustado al ordenamiento jurídico so pena de nulidad. En suma, el Consistorio de Vitigudino tiene competencia para realizar un contrato o convenio con la empresa Berkeley Minera España S.A., pero tal convenio ha de cumplir una serie de requisitos mínimos, siendo el primero y más importante de ellos que su contenido se ajuste a la legalidad vigente“.
Dedica las siguientes líneas el escrito registrado a resolver la cuestión planteada en base a la regulación vigente de los bienes de dominio público, además de otras leyes, para confirmar que el contrato o acuerdo impugnado “ninguna duda cabe” del “propio tenor literal” que se le concede a la empresa Berkeley el uso privativo de las parcelas de dominio público“, “pues de la memoria técnica que se une al mismo se deduce que los trabajos a realizar impedirán, al menos temporalmente, el uso de dichas parcelas al resto de vecinos del municipio y ello sin olvidar que en el propio convenio se habla de arrendamiento de las parcelas”.
Por lo tanto, para Ciudadanos “no cabe duda que estamos ante un uso privativo de bienes de dominio público y que el otorgamiento del mismo requiere concesión administrativa“, concesión que para su validez jurídica “precisa de la tramitación del oportuno expediente administrativo, con sus correspondientes informes de oportunidad e interés público, así como la preceptiva valoración, y la previa licitación, y todo ello con arreglo a los preceptos correspondientes de la normativa de contratación de las corporaciones locales”.
“Dado que en el presente caso no se ha realizado ningún tipo de licitación, ni se ha seguido expediente alguno, nos encontramos con que el denominado acuerdo de colaboración encierra en realidad un acto concesional efectuado mediante adjudicación directa, lo que es manifiestamente contrario a nuestro ordenamiento jurídico“, un escenario que, para los concejales de la oposición, “ha de entenderse que el negocio jurídico celebrado es nulo de pleno derecho por haberse prescindido totalmente del procedimiento establecido, ya que el Reglamento de Bienes y en especial su artículo 78 es terminante en el sentido de que para adjudicar en concesión bienes de dominio público se precisa licitación”.
Alcalde de Vitigudino (PSOE) Germán Vicente.
Por todo lo señalado, Ciudadanos exige con el recurso de reposición contra el decreto de alcaldía por el que se aprobó el acuerdo de colaboración entre Berkeley y el Ayuntamiento de Vitigudino para que “previa su legal tramitación y en atención a los argumentos expuestos, lo anule y lo deje sin efecto, por su disconformidad con el Ordenamiento jurídico“.
http://salamancanews.es/arribes/ciudadanos-impugna-el-acuerdo-de-colaboracion-del-ayuntamiento-de-vitigudino-con-la-empresa-de-la-mina-de-uranio/
Mantener una postura contraria a la de los alcaldes próximos a Vitigudino, puede ser síntoma de que la postura tomada por el alcalde de esta localidad puede ser errónea e interesada. Que rapidez de la empresa minera en hacer el ingreso con el fin de poner de manifiesto su acuerdo con el alcalde de Vitigudino. ¿Qué tiene que ver el arrancamiento de encinas CENTENARIAS en Retortillo con el deseo de plantar carrascos en Vitigudino? Además el entorno de Vitigudino no es el hábitat más adecuado para la siembra de encinas. AHORA más que nunca y SIEMPRE NOOOO A LA MINA!!!
ResponderEliminarEn efecto, no se trata de arrasar un territorio y para lavar la imagen, y la conciencia, hacer un simulacro de resiembra en el quinto coño que nada tiene que ver con la zona que se están cargando. Es obvio que estos pajes carecen de escrúpulos, de ética, y en resumen, de vergüenza.
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