21 de octubre de 2013

IMPORTANTÍSIMA CARTA DE EQUO AL MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO, SOBRE BERKELY Y SU MINA DE URANIO EN RETORTILLO.


 


AL MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ENERGÉTICA Y MINAS
MADRID
 
 

D. JUAN ANTONIO LÓPEZ DE URALDE GARMENDÍA, con D.N.I. nº 00396208-X, Co-portavoz y representante legal del Partido Político EQUO, CIF G86273414,
inscrito en el Registro de Partidos Políticos en el Tomo VII Folio 370 del Libro de Inscripciones, y domicilio conjunto a efectos de notificaciones en la dirección electrónica equosalamanca@proyecto.org , en relación con el expediente de concesión de "Autorización Previa de Instalación Radioactiva" a la mercantil Berkeley Minera España S.A. en el que, en su momento ya comparecimos como interesados ante ese Ministerio,
 
 
EXPONE:
 
Primero.- Que ha tenido conocimiento del informe emitido por el C.S.N. de fecha 30/07/2013 que pide suspender la tramitación de la autorización previa de la Planta de Tratamiento de Retortillo en Salamanca, solicitada por la empresa BERKELEY MINERA ESPAÑA S.A. a la vez que requiere una importante documentación a la citada empresa para completar el proyecto presentado, relacionada con la exigencia del CSN de que la planta de tratamiento y la explotación minera se han de considerar como un proyecto único y además que la generación, almacenamiento y gestión de los residuos de esa planta han de ser consideradas como de residuos radiactivos.

Segundo.- Que igualmente otro informe del CSN de la misma fecha, sobre el otorgamiento de la concesión de explotación de los yacimientos de uranio de Retortillo-Santidad, establece una serie de consideraciones de protección radiológica, que han de presentarse y ser evaluadas por el CSN, antes de que se proceda al comienzo de cualquier actividad en esta explotación.

Tercero.- Que la Junta de Castilla y León mediante Orden FYM/796/2013, de 25 de septiembre (BCYL 08/10/2013, Nº 194) ha dictado Declaración de Impacto Ambiental favorable sobre el Proyecto de Explotación para recursos de la Sección D), minerales de uranio, denominada Retortillo-Santidad nº 6.605-10, en los términos municipales de Retortillo y Villavieja de Yeltes, provincia de Salamanca, promovido por Berkeley Minera de España, S.A. Es importante resaltar que en dicho Proyecto se incluye la “planta de beneficio de uranio” (mediante pilas de lixiviación) y las escombreras de los residuos (calificados como radiactivos por el CSN) y no sólo la extracción de mineral.

En consecuencia y dado que las autorizaciones previa, de construcción y de explotación de esta instalación radiactiva de 1º categoría corresponden al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, convirtiéndose así en el órgano sustantivo, la DIA ha de ser dictada por la Administración General del Estado (el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente) y no por la Junta de Castilla y León, todo ello en aplicación de los artículos 2.2; 2.3 y 4.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero que aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.
 
Cuarto.- Es por lo tanto imprescindible que por ese Ministerio se requiera a la Junta de Castilla y León para que paralicen sus tramitaciones hasta que haya resolución de autorización previa de la explotación minera, planta de beneficio del uranio y tratamiento de los residuos radioactivos solicitada por Berkeley y se proceda a tramitar nueva DIA por el Ministerio de Agricultura, alimentación y Medio Ambiente, único órgano competente para ello, que recoja las exigencias contenidas en los citados informes del Consejo de Seguridad Nuclear.
 
Quinto.- También resulta imprescindible que, teniendo en cuenta tanto el Protocolo de Actuación existente entre el Gobierno de la República Portuguesa y el Gobierno del Reino de España que establece obligaciones de comunicación y consulta previa en caso de proyectos con posibles impactos transfronterizos, como el Acuerdo Luso-Español en materia de Seguridad de las Instalaciones Nucleares de Frontera de 1980 y sus respectivos Protocolos aprobados en 1981, se haga una consulta al Gobierno de la República Portuguesa dentro de trámite de aprobación de una Declaración de Impacto Ambiental que solicitamos.
 
Por todo lo expuesto, SOLICITA:

1.- Que ese Ministerio de Industria, Energía y Turismo requiera a la Junta de Castilla y León para que paralice las tramitaciones en curso de las solicitudes presentadas por la empresa Berkeley Minera de España S.A para la puesta en funcionamiento de una planta de extracción, tratamiento, beneficio y almacenamiento de residuos de uranio en Retortillo-Santidad(Salamanca), hasta que la empresa cuente con la autorización previa.

2.- Que se proceda a la tramitación de una nueva DIA por parte del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por ser el órgano ambiental competente al tratarse de una instalación radiactiva que ha de ser autorizada por el Ministerio de Industria, Energía y Minas.

3.- Que se pida informe al Ministerio de Asuntos Exteriores sobre si, teniendo en cuenta tanto el Protocolo de Actuación existente entre el Gobierno de la República Portuguesa y el Gobierno del Reino de España que establece obligaciones de comunicación y consulta previa en caso de
proyectos con posibles impactos transfronterizos, como el Acuerdo Luso-Español en materia de Seguridad de las Instalaciones Nucleares de Frontera de 1980 y sus respectivos Protocolos aprobados en 1981, resulta obligada la consulta al Gobierno de la República Portuguesa dentro de trámite de aprobación de una Declaración de Impacto Ambiental

Salamanca, a 21 de octubre de 2013

Fdo.- Juan Antonio López de Uralde Garmendia
 

 

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