20 de octubre de 2020

EL AYUNTAMIENTO DE VILLAVIEJA DE YELTES INSTA AL GOBIERNO PARA QUE SOLICITE A LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN LA DECLARACIÓN DE CADUCIDAD DE LA DIA QUE CONCEDIÓ A BERKELEY EN 2013.

Tras haber transcurrido más de cinco años desde  la aprobación del proyecto minero de explotación de uranio, RETORTILLO-SANTIDAD ( BOE núm. 128, de 27 de mayo de 2014 ) sin que  haya sido iniciado las obras y explotación del yacimiento, y habiéndose producido cambios sustanciales al proyecto inicialmente evaluado ( en su objeto y ámbito territorial) el Alcalde del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes ha instado a la Ministerio para la Transición Ecológica para que solicite  a la Junta de Castilla y León el ejercicio de su deber de declarar la caducidad de la Declaración de Impacto Ambiental del 2013, sobre la que se sustenta dicho Proyecto Minero de explotación, tratamiento y almacenamiento de uranio en los términos municipales de Retortillo y Villavieja de Yeltes.



MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y RETO DEMOGRÁFICO. Excª. Señora Ministra Teresa Rivera Rodríguez

ASUNTO: Solicitud al Ministerio para que solicite la CADUCIDAD a la Junta de Castilla y León de la ORDEN FYM/796/2013, de 25 de septiembre, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de Explotación en la Concesión de Explotación para recursos de la Sección D), minerales de uranio, denominada Retortillo-Santidad n.º 6.605-10, en los términos municipales de Retortillo y Villavieja de Yeltes, provincia de Salamanca, promovido por Berkeley Minera de España, S.A.BOCYL nº 194, de 8 de octubre de 2013.

EXTRACTO: A día de hoy, no se ha iniciado el Proyecto Minero de Salamanca , de explotación , tratamiento y almacenamiento de uranio por causas imputables a la empresa promotora, Berkeley, ya que la licencia urbanística para la construcción del yacimiento (no de las instalaciones de almacenamiento y tratamiento del uranio), ha sido obtenida recientemente, el 11 de agosto de 2020, si la Junta de Castilla y León no declara la caducidad de la Orden descrita anteriormente, se podría transformar la responsabilidad inicialmente privada, de la empresa Berkeley en una responsabilidad patrimonial pública, por el incumplimiento del deber de la Junta de CyL deber de promover la declaración de caducidad de la DIA .

ANTECENTES DE HECHO Y DE DERECHO que se exponen en el cuerpo del escrito, formaliza petición a la Excª. Señora Ministra Teresa Rivera Rodríguez la SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE CADUCIDAD A LA JUNTA DE CASTILLA y LEÓN de la ORDEN FYM/796/2013, de 25 de septiembre, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de Explotación en la Concesión de Explotación para recursos de la Sección D), minerales de uranio, denominada Retortillo-Santidad n.º 6.605-10, en los términos municipales de Retortillo y Villavieja de Yeltes, provincia de Salamanca, promovido por Berkeley Minera de España, S.A: 

PRIMERO: Constatado el transcurso del plazo legal sin haberse iniciado el proyecto minero y la realización de cambios sustanciales en los elementos esenciales que han servido de base para realizar la evaluación de impacto ambiental y dictar la ORDEN FYM/796/2013, de 25 de septiembre, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental .Tal y como se constata en los Anexos que se incluyen en este punto. 
          La propia Orden ORDEN FYM/796/2013, de 25 de septiembre, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental (D.I.A) prevé su caducidad: "Caducidad de la DIA.– Esta Declaración caducará si en el plazo de cinco años tras la autorización o aprobación del proyecto no se hubiera comenzado su ejecución. A solicitud del promotor, el órgano ambiental podrá prorrogar su vigencia conforme a lo establecido en el artículo 14 del citado texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos." 
      El proyecto minero objeto de evaluación ambiental y, posteriormente, objeto de la D.I.A dictada en la Orden FYM/796/2013, es el Proyecto de Concesión de Explotación, derivada del Permiso de Investigación "PEDRERAS" nº 6.605-10, RETORTILLO-SANTIDAD. Uranio. Sección D). 87 cuadrículas mineras, provincia de Salamanca.

Fundamentos de hecho y de derecho probados en los ANEXOS que se acompañan a este escrito:

 PRIMERO: ANEXO 1. De conformidad con el Dictamen Pericial, de marzo de 2020, suscrito por Ingeniero Superior de Minas colegiado en el Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Centro con el número de colegiado 3.278- CE, se acredita, entre otros extremos, no sólo el transcurso del tiempo sin haber iniciado el proyecto minero (las obras de la tala de encinas amparadas en la D.I.A no se puede considerar como inicio del proyecto minero por el que se otorgó la Concesión Minera) sino también, la sustancial modificación del objeto minero inicialmente evaluado, y posteriormente ,objeto de la D.I.A. se produce un cambio sobrevenido en la naturaleza del mineral sobre el que se dictó la Orden FYM/796/2013 y , en consecuencia, de su régimen jurídico aplicable: de residuos NORM a RADIACTIVOS.

Como explica el Dictamen Pericial, la empresa Berkeley se ve forzada, de manera sobrevenida, de cambiar la naturaleza de los residuos procedentes de su actividad minera, en virtud de los requerimientos que el Consejo de Seguridad Nuclear, para que los catalogue correctamente , de NORM A RADIACTIVOS “…Los residuos NORM son aquellos que se encuentran en su estado natural pero que han sido movilizados por actividades humanas aumentando el riesgo a su exposición, tal como sería la explotación minera pero no así el tratamiento en planta de enriquecimiento mediante lixiviación y otras operaciones. El residuo generado de este proceso es un residuo radioactivo de larga vida y muy baja o baja/media actividad, aspecto éste a analizar para determinar su modo de almacenamiento.”

 SEGUNDO.ANEXO 2. Solicitud de desistimiento de la empresa Berkeley Minera España S.L, promotora del proyecto minero en nuestro término municipal, Villavieja de Yeltes, de fecha del 20 de mayo de 2016 y posterior Resolución de Alcaldía del 5 de septiembre admitiendo el desistimiento de la empresa promotora en el proyecto minero sobre el que se evaluó ambientalmente y se declaró la D.I.A y declarando, dicha resolución, el archivo de las actuaciones.

TERCERO.ANEXO 3. Informe del Procurador del Común de Castilla y León, del 23 de agosto de 2017 sobre las deficiencias en la evaluación ambiental de Proyecto de Explotación en la Concesión de Explotación para recursos de la Sección D), minerales de uranio, denominada Retortillo-Santidad n.º 6.605-10, en los términos municipales de Retortillo y Villavieja de Yeltes, provincia de Salamanca, promovido por Berkeley Minera de España, informe dictado en el sentido de efectuar una nueva evaluación de impacto medioambiental, ya que la labor técnica realizada, y que ha servido de base para dictar la ORDEN FYM/796/2013, de 25 de septiembre, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental , posee deficiencias técnicas entre ellas, no haberse tenido en cuenta las afecciones del proyecto a la Red Natura 2000, ni sobre las especies incluidas en el Anexo IV de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y Biodiversidad; en el citado informe también resalta la alteración del objeto evaluado ambientalmente, su espacio físico del proyecto minero para el que se otorgó la concesión de explotación minera y sobre el que se realizó la evaluación de impacto medioambiental, tal y como se constata en el desistimiento de Berkeley Minera España S.L. al proyecto en el T.M de Villavieja de Yeltes, quedando el proyecto minero, después del mencionado desistimiento, circunscrito a un solo municipio, Retortillo ( y no a dos, Retortillo-Villavieja, como se presentó en el proyecto minero para la concesión minera de explotación, evaluación de impacto medioambiental y declaración de impacto, ORDEN FYM/796/2013, de 25 de septiembre )

CUARTO.ANEXO 4. La Diputación Provincial de Salamanca dictó Decreto de Presidencia del 4 de marzo de 2019 por el que se declara la rescisión inicial del convenio de colaboración cuya finalidad era articular la colaboración de la Diputación Provincial de Salamanca y la mercantil BERKELEYMINERA S.L, en la construcción una variante de la carretera SA- 322 (DSA-451). 

QUINTO.ANEXO 5. Documento técnico de febrero de 2019 que acompaña a la solicitud de licencia urbanística de Berkeley al Ayuntamiento de Retortillo para la ejecución de una nueva carretera, distinta a la presentada, evaluada y autorizada en el proyecto inicial, consecuencia directa del hecho descrito en el punto anterior. 

SEXTO.ANEXO 6. Informes municipales sobre el Proyecto de Concesión minera Zona 7 en el T.M de Villavieja de Yeltes, proyecto minero directamente relacionado con el Proyecto de Explotación en la Concesión de Explotación para recursos de la Sección D), minerales de uranio, denominada Retortillo-Santidad n.º 6.605-10, sobre el que se dictó la supra mencionada ORDEN FYM/796/2013, de 25 de septiembre, cuya declaración de caducidad ahora se solicita. 
          En dichos informes emitidos por el Ayuntamiento de Villavieja, tanto de naturaleza jurídica (por la Secretaría-Intervención) como técnica (Arquitecto de la Mancomunidad de Vitigudino), como el final, el Informe de esta Alcaldía, son contrarios al otorgamiento de concesión de explotación minera de la Zona 7, llegando a las mismas conclusiones: Fraccionamiento del objeto del proyecto minero de la zona 7 en relación con el de RetortilloSantidad. La interrelación de sendos proyectos mineros, se constata no sólo pro tener la identidad en el objeto de minera y el mismo promotor, Berkeley Minera España S.L, sino también, como por la existencia de una infraestructura de naturaleza permanente que uniría ambas explotaciones en dos municipios diferentes, consistente en una cinta transportadora que recogería el material minero del yacimiento de Villavieja para ser tratado en municipio de Retortillo.
          La sola presentación de la solicitud por Berkeley de la autorización previa como instalación radiactiva de primera categoría “Zona 7”en enero del 2017 en el TM de Villavieja de Yeltes conexionado al Proyecto para Concesión de Explotación para recursos de la Sección D), minerales de uranio, denominada Retortillo-Santidad n.º 6.605-10, hace, una vez más, cuestionarse por el procedimiento de evaluación ambiental utilizado, la Evaluación de Impacto Medioambiental (E.I.A), ya que por el hecho de su objeto: actividad minera, su extensión: más de un término municipal; su eventual afección a la Red Natura 2000, exigían para la evaluación ambiental del proyecto la realización de una EVALUACIÓN AMBIENTAL “ESTRATÉGICA O DE PLANES O PROGRAMAS”, de conformidad con la entonces, Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. (Artículos 1 al 15.AnexoII) AHORA Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. 

SÉPTIMO. Tanto la ORDEN FYM/796/2013, de 25 de septiembre, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de Explotación en la Concesión de Explotación para recursos de la Sección D), minerales de uranio, denominada Retortillo-Santidad n.º 6.605-10, en los términos municipales de Retortillo y Villavieja de Yeltes, provincia de Salamanca, promovido por Berkeley Minera de España, S.A. que nos ocupa, como el informe de la Junta de Castilla y León favorable a la evaluación de los efectos en la Red Natura, (IRNA) se han confeccionado sobre la base de una NORMATIVA ANULADA, por la Sentencia núm 02309/2013, de 26 de diciembre de 2013, del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN Sala de lo Contencioso Administrativo. , Sección 1ª, Ponente: Ana María Victoria Martínez Olalla(Temas Clave: Red Natura 2000; Evaluación de las repercusiones de planes, programas y proyectos; Conflicto de competencias; Vulneración del principio de jerarquía normativa; Comunidad Autónoma de Castilla y León) Dicha Sentencia ANULA el DECRETO 6/2011, de 10 de febrero, por el que se establecía el procedimiento de evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000 de Planes, Programas y Proyectos desarrollados en el ámbito territorial de Castilla y León, normativa aplicada por la empresa promotora del proyecto y por administración de la Junta de Castilla y León para la autorización ambiental del proyecto minero de explotación de uranio en el año 2013.

Vistos todos los fundamentos de hecho y de derecho, mediante el presente, se formaliza requerimiento a la Excª. Señora Ministra Teresa Rivera Rodríguez para solicitar la DECLARACIÓN DE CADUCIDAD A LA JUNTA DE CASTILLA y LEÓN de la ORDEN FYM/796/2013, de 25 de septiembre, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de Explotación en la Concesión de Explotación para recursos de la Sección D), minerales de uranio, denominada Retortillo-Santidad n.º 6.605-10, en los términos municipales de Retortillo y Villavieja de Yeltes, provincia de Salamanca, promovido por Berkeley Minera de España, S.A por imperativo del propio texto de la Orden FYM/796/2013 y del artículo 14.1 del entonces vigente, Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. 

 Asimismo, se solicita que, el Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes, como interesado en el expediente, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se nos considere personados en el procedimiento dando cuenta de los actos, resoluciones, informes y solicitudes, tanto obrantes como futuras, que en relación con la pretensión de este escrito pudieran darse. 

Para concluir, y en virtud de todos los antecedentes expuestos (Dictamen Pericial, de marzo de 2020, suscrito por Ingeniero Superior de Minas colegiado en el Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Centro con el número de colegiado 3.278-CE, Anexo 1) y de la normativa aplicable, entendemos que la única obra realizada para la ejecución del proyecto minero a día de hoy, (tala ilegal de encinas, sin autorización de uso excepcional de suelo rústico y sin la licencia urbanística correspondiente ) no podría ser considerada propiamente como un inicio en la ejecución del proyecto minero, a lo sumo hablaríamos de un paso previo a dicha actuación.

Villavieja de Yeltes, 19 octubre 2020.
EL ALCALDE: Fdo: Jorge Rodríguez Martín.

14 de octubre de 2020

"QUEDA PROHIBIDO EL APROVECHAMIENTO DE MINERALES RADIACTIVOS Y SE PROCEDERÁ AL ARCHIVO DE LOS EXPEDIENTES DE INSTALACIONES RADIACTIVAS DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR"

 LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO

PSOE y Podemos introducen el veto a la minería de uranio en la ley de cambio climático.

El plazo para la presentación de enmiendas al texto de la ley de cambio climático y transición energética que se tramita en el Congreso desde mayo se cierra este miércoles tras varios aplazamientos. Y entre las enmiendas pactadas por PSOE y Unidas Podemos, los dos partidos que gobiernan en España, figura un nuevo artículo que veta expresamente las minas de uranio en el país y que impediría el polémico proyecto extractivo que se tramita desde hace más de una década en un municipio de Salamanca.

Explica Juan López de Uralde, parlamentario de Unidas Podemos y presidente de la comisión de Transición Ecológica del Congreso, el órgano que tramita la norma. López de Uralde ve realista lograr los votos favorables de casi todos los partidos a la ley. “Salvo Vox, que está instalado en la negación, el resto de grupos sí parecen dispuestos”.

En el texto del proyecto de ley que salió del Consejo de Ministros el 19 de mayo rumbo al Parlamento ya se introducía, por ejemplo, el veto a las nuevas explotaciones de hidrocarburos y a la controvertida técnica de la fractura hidráulica o fracking. Ahora, los dos grupos amplían con su enmienda la prohibición a la minería del uranio, una práctica que no está directamente relacionada con las emisiones de gases de efecto invernadero que sobrecalientan el planeta pero que ha generado una importante polémica en España por un proyecto previsto en el municipio salmantino de Retortillo. Si saliera adelante, sería la única mina a cielo abierto de uranio de Europa. Pero en el texto de la enmienda pactado entre PSOE y Unidas Podemos se apunta: “Queda prohibida la investigación y el aprovechamiento de minerales radiactivos (...) cuando tales minerales sean extraídos por sus propiedades radiactivas, fisionables o fértiles, en todo el territorio nacional".

Lógicamente, la enmienda a la ley no hace referencia directa al polémico proyecto de la mina de Retortillo, que lidera la empresa australiana Berkeley. Pero sí le pone las cosas realmente complicadas. Además de fijar el veto genérico a ese tipo de minería, el texto pactado entre las dos formaciones políticas añade: “Se procederá al archivo de cualquier procedimiento relacionado con la autorización de instalaciones radiactivas del ciclo del combustible nuclear para el procesamiento de tales minerales". La empresa está tramitando ahora ante el Consejo de Seguridad Nacional (CSN) y la Administración central precisamente la autorización para una planta de concentrados y el almacén de la mina, un permiso que quedaría archivado cuando se aprobara la ley de cambio climático si esta enmienda sale adelante.

Para justificar esta modificación ambos partidos explican que la minería del uranio da “lugar a unos materiales residuales que tienen la consideración de residuos radiactivos” que permanecen activos durante generaciones y que deberán ser sometidos a “una vigilancia institucional a largo plazo”. Y, en último extremo, “deberá hacerse cargo el Estado” de ese control con “recursos públicos”. Los dos partidos también entienden que la vigilancia se realizará “por un periodo de tiempo indefinido, prácticamente a perpetuidad, por lo que no es posible precisar su coste total ni las eventuales provisiones económicas a exigir a la empresa”. Por último, recalcan que desde hace 20 años “las necesidades españolas de uranio son sobradamente cubiertas en el mercado internacional”.

https://elpais.com/sociedad/2020-10-13/psoe-y-podemos-pactan-introducir-el-veto-a-la-mineria-de-uranio-en-la-ley-de-cambio-climatico.html

6 de octubre de 2020

VICEPRESIDENTA 4ª TERESA RIBERA: 44.000 RAZONES PARA NO AUTORIZAR LA MINA DE URANIO DE BERKELEY MINERA EN RETORTILLO.

Jesús Cruz, natural de Retortillo, reúne 44.000 firmas contra la construcción de la planta de tratamiento de uranio de Berkeley.

Hoy se han entregado 44.000 firmas contra la construcción de una planta de tratamiento de uranio en Salamanca

https://www.change.org/NoRenovaciónPermiso-MinaUranio

 

  • La entrega se realizó de forma telemática al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, pidiendo que no se otorgue la licencia para la construcción de una planta de tratamiento de uranio a la empresa australiana Berkeley.

  • La licencia para la construcción de la planta en Retortillo ya fue rechazada en 2015, sin embargo la empresa ha seguido con el plan hacia adelante, según el creador de la petición

  • “Las minas de uranio están prohibidas en toda la Unión Europea por el riesgo medioambiental que suponen, incluyendo residuos nocivos, obras que alteran el ecosistema e inestabilidad en la flora y fauna de la región donde se instalan”

  • El día 7 de octubre termina el plazo de enmiendas a la Ley de Cambio Climático y Transición Energética.

  • También próximamente se debatirá en las Cortes de Castilla y León la nulidad de la caducada DIA que se le concedió a Berkeley en el año 2013.


Salamanca 6 de octubre de 2020. Hoy se han entregado las 44.000 firmas recogidas en Change.org para evitar la concesión de la licencia de construcción de una mina de uranio y una planta de tratamiento a la empresa Berkeley en Retortillo, Salamanca.

La petición fue iniciada hace dos meses por Jesús Cruz, natural de Retortillo, en la plataforma Change.org, dirigida a la ministra Teresa Ribera y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. 

“En el año 2013 se autorizó el principio de un proyecto que pretende abrir una mina de uranio en Retortillo, Salamanca”, cuenta Jesús en su texto, “las obras comenzaron con esa primera autorización, sin embargo llevan más de 5 años paradas (Planta de Tratamiento) por las diferentes ilegalidades que la empresa responsable, Berkeley, ha llevado a cabo y la ilegalidad del proyecto en sí”.

“A pesar del rechazo al proyecto por parte de casi todas las instituciones en los últimos años, la empresa sigue con su plan en mente. Confío en que la nueva ley climática y el actual gobierno paren los pies a este desastre disparatado y no acepten la solicitud que Berkeley volvió a presentar en Septiembre”, añade el creador de la petición.

Mañana, 7 de octubre, termina el plazo para presentar enmiendas al texto propuesto por el gobierno sobre la Ley de Cambio Climático y Transición Energética. También las Cortes de Castilla y León deberán pronunciarse sobre la caducidad de la licencia que le concedió a Berkeley en 2013 y que hoy ya no tendría validez.

El activista Jesús Cruz, reunió 44.000 firmas (a día de hoy, que seguirán aumentando considerablemente) a través de la plataforma 'Change.org' para pedir al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico del Gobierno de España que paralice la construcción de la planta de tratamiento de uranio que la empresa multinacional australiana Berkeley quiere llevar a cabo en la localidad salmantina de Retortillo.

28 de septiembre de 2020

DENUNCIADOS POR PREVARICACIÓN EL ALCALDE Y SECRETARIA DE RETORTILLO.

 Stop Uranio denuncia a los responsables municipales de Retortillo

La plataforma Stop Uranio ha denunciado en el Juzgado de Ciudad Rodrigo a los responsables municipales del Ayuntamiento de Retortillo, alcalde y secretaria-interventora, por prevaricación al no notificarnos la concesión de la Licencia Urbanística parcial a la empresa Berkeley Minera España S.L.

Corporación Municipal de Retortillo. (Todos relacionados laboralmente con la empresa minera Berkeley).

La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas obliga a notificar en el plazo de diez días las resoluciones a los interesados, cuyos derechos e intereses puedan verse afectados por dicha resolución, para que puedan interponer los recursos que procedan en vía administrativa o judicial. La Plataforma Stop Uranio tiene esa condición de interesado según reconoció el propio ayuntamiento de Retortillo en la contestación a un requerimiento nuestro del año pasado.


A principios del mes de agosto se publicó en diversos medios de comunicación que Retortillo había otorgado una licencia urbanística a Berkeley, por lo que solicitamos que se nos diera traslado de la misma sin obtener respuesta por parte de ese ayuntamiento. Más tarde nuestros abogados hicieron un requerimiento a los responsables municipales para recordarles la obligación legal de comunicar a la plataforma Stop Uranio la resolución por la que se concede licencia urbanística parcial, pero el ayuntamiento no se dio por aludido.

El ayuntamiento de Retortillo tiene claro que Stop Uranio va a recurrir la licencia concedida por lo que intenta evitar que lo podamos realizar. Esta maniobra obstruccionista es contraria a las leyes que rigen las Administraciones Públicas y choca frontalmente con nuestra Constitución, en cuyo artículo 24 se garantiza la tutela judicial efectiva a las personas físicas y jurídicas.


Tras cuarenta y cinco años de democracia las administraciones públicas españolas se han dotado de normas que regulan el buen gobierno y la transparencia en su funcionamiento, pero existe un agujero negro en algunas administraciones locales que siguen rigiéndose por actitudes caciquiles, poco respetuosas con el estado de derecho actual de nuestro país. Un ejemplo de ello lo tenemos en el comportamiento de los responsables políticos y administrativos de Retortillo, pues no podemos olvidar que las obras realizadas por Berkeley hace cuatro años están pendientes de sanción administrativa, habiendo transcurrido ya la mitad del tiempo necesario para que prescriban esas acciones ilegales. Berkeley no quiere que figure una sanción en su historial, pues comprometería su certificación de calidad en el respeto de las normas medioambientales de la que siempre hace alarde en sus comunicados.

Distintos medios de comunicación están recogiendo el espectacular incremento en el precio de las acciones de la empresa Berkeley en el presente año, sustentado en la obtención de permisos, o renovación de los mismos, otorgados por las diferentes administraciones implicadas. Pero lo que no se cuenta es que la mayoría de esos permisos están pendientes de resolución judicial, y los que se puedan obtener también quedarán pendientes de resolverse en los tribunales, ya que nuestra intención es la de impedir de todas las maneras posibles que una instalación radiactiva como la proyectada vea la luz en nuestra tierra.



8 de septiembre de 2020

BERKELEY MINERA PROYECTO DE URANIO EN RETORTILLO: MUCHO "ECO" Y NADA "LÓGICO"

PROYECTO DE URANIO EN RETORTILLO:
MUCHO "ECO" Y NADA "LÓGICO"
ECO = Sonido lejano que se percibe débil, confuso y repetitivo.
 
LÓGICA = La lógica es la ciencia formal y rama tanto de la filosofía como de las matemáticas que estudia los principios de la demostración y la inferencia válida, las falacias, las paradojas y la noción de verdad.
 
En referencia a la página publicitaria que Berkeley compró generosamente ayer en "su" periódico provincial que reproduzco a continuación.
 

Sus grandes titulares: "Retortillo referencia de sostenibilidad en toda Europa" y "Mejora continuada en la protección medioambiental".
 
La realidad hoy: La mejora continua y las buenas prácticas medioambientales de las que presume tienen su proyecto paralizado desde hace casi tres años por realizar sus obras en Retortillo sin tener las licencias oportunas, habiendo sido sancionado por los dos ayuntamientos (Villavieja de Yeltes y Retortillo) y en tramitación un expediente sancionador y restaurador de la legalidad por falta muy grave en la construcción de una gran balsa y comienzo del desvío de la carretera SA-322 sin contar con los permisos, y que aún no tiene.
 
Dice más abajo Berkeley, y queda muy bonito: Recuperará mediante un plan de rehabilitación de hábitats 100 hectáreas de entorno de interés comunitario.
 
Esta es la rehabilitación de habitats de berkeley
La realidad hoy: Ya destruyó esas hectáreas impunemente talando más de dos mil encinas centenarias, eliminando charcas y desviando o cerrando caminos públicos. Nada ha rehabilitado aún y si esas hectáreas son de interés comunitario, NO debería haberlas eliminado de todo hábitats.
También prometió en poner en valor la zona de Los Molinos de Retortillo para el disfrute de los ciudadanos y hoy están peor que nunca y en el más absoluto abandono. "Para Berkeley y Ayuntamiento de Retortillo mejor que desaparecieran para siempre".
 
Sigue afirmando Berkeley en este panfleto: Construiremos un Vivero Ecológico en Retortillo.
 
Vivero en febrero 2018
La realidad hoy: El proyecto se anunció y comenzó a construirse, como casi todo de forma ilegal, en febrero de 2018, y por tanto también debieron paralizar sus obras, siendo inviable ese proyecto.
Esto decía Francisco Bellón "Berkeley" en febrero de 2018: Berkeley está construyendo ahora un INVERNADERO-VIVERO en Retortillo que contará con varios puntos de interés en su interior, tales como talleres de jardinería y agricultura sostenible, programa de reforestación, vivero de plantas medicinales, laboratorio de investigación interactivo, talleres de semilleros, compostaje y manejo de residuos, plantación de especies autóctonas tanto actuales como aquellas que han desaparecido con los años debido a la actividad del hombre. También habrá un huerto en el que se plantarán frutos y vegetales.

En este invernadero-vivero serán recibidos tanto grupos de adultos como de niños para que conozcan estos trabajos y las diferentes plantas, como se cultivan, el proceso de cuidado, etc., ya que creen que la agricultura sostenible es necesaria, puesto que es una forma de producir alimentos seguros y saludables, se consigue conservar los recursos naturales, se garantiza la viabilidad económica, es una forma de prestar servicio a los ecosistemas y de hacer aún más atractivas las zonas rurales.

Así está la parcela y las obras en septiembre de 2020.

 Parcela vivero en 2020

Y continua sin rubor afirmando: Hemos conseguido reducir nuestro consumo de papel un 19 %, de electricidad un 12 % y de combustible un 38 %.
 
Acceso actual instalaciones de Berkeley en Retortillo
La realidad hoy: las instalaciones de Berkeley en Retortillo están cerradas, apenas tres empleados pasean por las naves y parcelas. La inmensa mayoría de trabajadores, empresas subcontratadas y vehículos han sido despedidos y rescindidos sus contratos ante la paralización de toda obra. Se le olvida decir al Sr. Bellón que también están ahorrando mucho en salarios.
 
Y sigue comunicando Berkeley: En cuanto a aspectos sociales llevamos 8 años cediendo el uso de los terrenos de su propiedad a los vecinos de los términos municipales, fomentando así la actividad agrícola y ganadera de la comarca.
 
Actuales alcalde y teniente alcalde de Retortillo a los que
Berkeley cede sus terrenos para fomentar la agricultura y ganadería.
La realidad hoy y estos 8 años: Berkeley cede sus parcelas al alcalde actual y ex trabajador Eustaquio Martín; al teniente de alcalde actual y extrabajador Andrés Matías; al concejal actual y extrabajador José Matilla;  al alcalde anterior Manuel Francisco Hernández y al alcalde con el que comenzó todo en 2011 Javier Santamartina. Todo muy social y lógico.
 
Y termina su página panfleto diciendo: Estos datos evidencian el compromiso de Berkeley Minera España como una empresa que promueve la sostenibilidad , el desarrollo socioeconómico y la mejora continua en la protección medioambiental.
 
JUZGUEN USTEDES MISMOS

31 de agosto de 2020

"EL SINSENTIDO" DEL AYTO. DE RETORTILLO Y "LAS MENTIRAS Y MODIFICACIONES" DE BERKELEY MINERA

La Licencia Urbanística parcial concedida a Berkeley por el alcalde de Retortillo y ex empleado de la minera, es un acto irresponsable que no permite el comienzo de ninguna construcción pero que a Berkeley le ha dado juego para especular con la noticia y subir sus acciones.

Antecedentes:

Solicitud presentada por D. Francisco Bellón del Rosal, en nombre y representación de la entidad mercantil BERKELEY MINERA ESPAÑA, S.L.U. en fecha 15 de febrero de 2019 (número de entrada en el Ayuntamiento 88), para tramitación de procedimiento de concesión de licencia urbanística parcial del artículo 312 del RUCyL para el Proyecto Minero Retortillo completo, con la salvedad de los terrenos afectados hoy en día por la existencia de la carretera SA-322, con base en el proyecto básico presentado de conformidad con el artículo 301 del RUCyL.
 
Planos presentados por Berkeley en febrero de 2019 solicitando licencia urbanística parcial.
Entre línea azul: Área solicitada para Licencia Urbanística. Entre línea amarilla: Perímetro de lo que se considera instalaciones radiactivas.
Es un proceder ilógico el tomado por el alcalde de Retortillo ya que este proyecto difiere mucho del original al que se le concedió la DIA. Podemos observar como la carretera queda fuera de la solicitud a pesar de que divide la escombrera permanente y además se solicita la licencia sobre terrenos que ni son propiedad de Berkeley ni está ejecutando ningún proceso para conseguirlos.
Qué "irresponsabilidad" del alcalde.
 
Las licencias parciales en relación con este Proyecto Minero global, que para su debida concesión por el Ayuntamiento de Retortillo, según dispone el artículo 312 del RUCyL, además de contar con los genéricos requisitos legales para la solicitud de licencia, deberá quedar acreditado el cumplimiento las condiciones contempladas en este precepto:
 
 a) Que las partes para las que se otorgue licencia parcial resulten técnica y funcionalmente susceptibles de ser utilizadas de forma independiente sin detrimento de las restantes;
 
 b) Que el solicitante constituya una garantía en alguna de las formas citadas en el artículo 202 del RUCyL, por la cuantía que determine el Ayuntamiento para asegurar la correcta realización de las obras restantes.”
Plano de las instalaciones que Berkeley pretende construir (son 44).
Si un requisito para otorgar la licencia parcial es que las partes a construir resulten técnica y funcionalmente susceptibles de ser utilizadas de forma independiente. ¿Cómo puede explicarnos el Sr, Alcalde de Retortillo que esas instalaciones podrán utilizarse si no se autoriza la mina de uranio? (Instalación trituradora, nave para mina, cinta transportadora, etc. etc. así hasta 44)
 
Sin embargo y a raíz de la supresión de la carretera SA.322 en esta nueva documentación, lo que supone que se han variado las condiciones para las que se obtuvo la Autorización de Uso, y que previamente a la concesión de la licencia urbanística, se considera que deberá solicitarse a la Comisión Territorial de Urbanismo informe acerca de la ratificación, si es el caso de la citada Autorización de Uso concedida el 20 de julio de 2017. (…)”
 
“No pueden otorgarse licencias urbanísticas para la realización de actos de uso del suelo que, conforme a la legislación sectorial, requieran otras autorizaciones administrativas previas, hasta que las mismas sean concedidas”.
 
Plano Parcelario donde podemos ver los terrenos afectados y contemplar las distancias entre las instalaciones mineras y las zonas de libre acceso.
Nos dejarán un gran atractivo turístico ya que el paseo por la actual carretera nos permitirá ir observando balsas de agua tratada, naves de almacenamiento de reactivos, escombreras permanentes de residuos radiactivos nucleares y si vas sobre las 15,00 h. tendrás el privilegio de contemplar de cerca la megavoladura diaria y ver su nube de polvo en suspensión con gas radón, etc. etc. 
 
Con fecha de entrada en el Ayuntamiento de 8 de julio de 2016, se presentó escrito de fecha 5 de julio de 2016 para solicitud de autorización de uso excepcional y de licencia urbanística para el Proyecto Minero Retortillo (nº 6.605-10 del Registro de Derechos Mineros).

Por Resolución de Alcaldía de fecha 19 de diciembre de 2018 se procede a “denegar la licencia urbanística para el Proyecto Minero Retortillo (nº 6.605-10 del Registro de Derechos Mineros) solicitada con fecha 8/07/16 (número de entrada en el Ayuntamiento 8/07/16), por D. Francisco Bellón del Rosal actuando en nombre y representación de la empresa Berkeley Minera España SL por no resultar conforme a la normativa urbanística

Con fecha 27 de marzo de 2019, por el Procurador de los Tribunales Sr. Rodríguez – Monsalve Garrigós, en nombre y representación de la entidad Berkeley Minera España, S.L.U., se presentó escrito formulando recurso contencioso administrativo contra la Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Retortillo, de fecha 19 de diciembre de 2018, en cuya virtud se acuerda denegar la licencia urbanística para el Proyecto Minero Retortillo (nº 6.605-10), solicitada el 8 de julio de 2016, dando lugar al Procedimiento Ordinario número 142/2019 F del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Salamanca.

Con fecha 20 de julio de 2020, por el Procurador de los Tribunales Sr. Rodríguez – Monsalve Garrigós, en nombre y representación de la entidad Berkeley Minera España, S.L.U., se presentó escrito desistiendo del recurso contencioso administrativo interpuesto contra la Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Retortillo, de fecha 19 de diciembre de 2018, en cuya virtud se acordó denegar la licencia urbanística para el Proyecto Minero Retortillo (nº 6.605-10), solicitada el 8 de julio de 2016, y que dio lugar al Procedimiento Ordinario número 142/2019 F del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Salamanca.
Plano de la Carretera en línea negra y Caminos públicos en línea roja.

La documentación presentada por la empresa Berkeley se considera suficiente para la obtención de la licencia urbanística, de acuerdo al artículo 293.2 del RUCyL, no para el inicio de las obras según se ha indicado en el punto anterior.

 Se considera que se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 312.a del RUCyL, en cuanto a que las partes objeto de licencia resulten técnicamente y funcionalmente susceptibles de ser utilizadas de forma independiente sin detrimento de las restantes.

El artículo 312.b establece la fianza “para asegurar la correcta ejecución de las obras restantes”. Por ello que la fianza debería incluir el importe de las obras que han quedado fuera de la licencia parcial, en este caso la carretera y su variante que quedan fuera de esta licencia, es decir las actuaciones que pudiera haber sobre la carretera actual y la construcción de la variante. La fianza podría ser por tanto en importe del presupuesto previsto para estas actuaciones.

RESUELVO PRIMERO.- Conceder a la entidad mercantil BERKELEY MINERA ESPAÑA, S.L.U., licencia urbanística parcial, para el proyecto minero, con base en el proyecto básico presentado, sin perjuicio de la determinación de la cuantía de la fianza del artículo 312.b RUCyL una vez por el Arquitecto de la Mancomunidad de “Las Dehesas” se proceda al estudio del proyecto de ejecución de las obras para las que se otorga licencia urbanística parcial o bien a la documentación sobre la que se emitió informe con fecha 31 de octubre de 2016, y de acuerdo con las siguientes determinaciones:

a) A fin de poder iniciar las obras, deberá presentar el correspondiente Proyecto Técnico completo que desarrolle las edificaciones e instalaciones a realizar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional, incluyendo el desarrollo de los Documentos Básicos del Código Técnico de la Edificación, así como aquellas autorizaciones sectoriales que fueran necesarias para el inicio de las obras.
 
Plano de la nave para taller de mina, con una superficie de 843 metros cuadrados y una altura de 7 metros. ¿Pará qué y con qué fin el alcalde de Retortillo dará licencia de obra para esta nave que solamente tendrá operatividad si se autoriza la mina, permiso que no depende de él?
 
b) Presentación de las Comunicaciones de Dirección de Obra de los técnicos que vayan a intervenir en las mismas.
 
Consideraciones muy importantes que debemos tener en cuenta para entender todo el proyecto mejor:

El 6 de abril de 2018 Berkeley remite un escrito a la Dirección General de Energía y minas solicitando el desistimiento del expediente expropiatorio 332/2017.

El citado documento de desistimiento se fundamenta en que en las negociaciones mantenidas entre la empresa y los propietarios de las fincas afectadas habiendo alcanzado un acuerdo amistoso con los propietarios. (MENTIRA)

El anterior alcalde de Retortillo deniega la Licencia Urbanística a Berkeley Minera para el proyecto minero número 6605/10 por no resultar conforme a la normativa urbanística. Esta solicitud la realizó Francisco Bellón Del Rosal en nombre y representación de Berkeley el 8/7/2016.

El diseño de la corta Retortillo sur y la escombrera coinciden con una longitud de 3,2 kilómetros con el trazado de la carretera existente SA-322, por lo que se hace necesario la construcción de una variante. Es de destacar que esta carretera queda englobada dentro de las instalaciones mineras.

Berkeley Minera presenta en febrero de 2019 un proyecto en el ayuntamiento de Retortillo donde solicita la licencia urbanística.  Este Proyecto Básico, es exactamente el mismo que se presentó con fecha 28 de Octubre de 2016 para la solicitud de la licencia urbanística global del Proyecto Minero Retortillo original, salvo por la exclusión de los terrenos afectados por la carretera SA-322.

El presente proyecto aunque engloba la totalidad de las actuaciones a realizar en el término municipal de Retortillo, se edita a efectos de la solicitud de otorgamiento de licencia urbanística parcial para el Proyecto Minero Retortillo, en la que se excluyen los terrenos afectados hoy en día por la existencia de la carretera SA-322. Dichos terrenos, serán objeto de solicitud de una segunda licencia urbanística parcial específica, que se solicitará ante este Excmo. Ayuntamiento una vez se haya completado su desafectación como dominio público con la construcción y puesta en funcionamiento de la variante prevista para dicha carretera, en ejecución de lo previsto en el Convenio de colaboración entre la Diputación de Salamanca y Berkeley para la construcción de una variante de la carretera SA-322 (DSA-451), en el tramo situado entre el casco urbano de Retortillo y el Balneario del mismo nombre, aprobado por Decreto de la Presidencia de la Diputación de Salamanca nº 2633/16, de 3 de agosto de 2016. (La Diputación de Salamanca ya dio por cancelado el convenio firmado para la construcción de la variante)

Desde que se iniciaron las actividades en mayo de 2005, todas las labores desarrolladas por MRA/BME a lo largo de los más de nueve años transcurridos han contado con las correspondientes autorizaciones administrativas pertinentes. (MENTIRA: Berkeley ha sido sancionada por realizar catas, y paralizadas las obras de la balsa de agua cruda, variante de carretera por no tener las licencias necesarias)

Escombrera definitiva de Retortillo: con una superficie de 34,0 ha.  el área solicitada en la presente licencia parcial, obviamente descuenta la superficie ocupada por la carretera SA-322 y su zona de afección.  siendo la misma equivalente a la anterior y únicamente modificada en 1,15 Has, o lo que es lo mismo, un 2,4% de lo inicialmente previsto. (Modifican el proyecto sobre el que ya tiene autorizaciones como la DIA, dejan la carretera actual y tienen que dividir y disminuir la escombrara permanente. Sin embargo para el ex trabajador de Berkeley y alcalde de Retortillo, NO PROBLEMA)

Tanto la planta de tratamiento, a partir de la aglomeración, que se describe en los párrafos siguientes, como la corta principal o sur de Retortillo, tienen la consideración de instalación radiactiva de primera categoría

Están afectadas 87 parcelas en los polígonos 002, 003, 503 y 504, con una superficie total de 1.445,82 hectáreas.

Frente a esta situación hay que tener en cuenta el empleo que generará la actividad extractiva promov1da por Berkeley. En efecto, la explotación de los yacimientos de Retortillo y Santidad va a contribuir de forma decisiva al desarrollo económico y soc1al de la comarca ya que va a generar 350 empleos directos durante la construcción y 196 durante la fase de operación, tal y como consta y se detalla en el Plan de Explotación rec1entemente aprobado por la Dirección General de Energía y Minas de la JCyl en la Resolución de Otorgamiento de la Concesión de Explotación. Además, el ratio empleo indirecto/directo en minería es de 4 a 1. Es decir, se generan 4 empleos indirectos por cada 1 directo, lo que supone casi 1.000 empleos indirectos. Retortillo, a 15 febrero 2019 . (BERKELEY MIENTE SIEMPRE A LA OPINIÓN PÚBLICA. Ver los puestos de trabajo reales en el proyecto y los que proclama en medios de comunicación y publicidad engañosa)
 
("El Mundo 01/06/2019" La empresa promete crear entre 400 y 450 puestos de trabajo directos y unos 2.000 indirectos en la zona. )

19 de agosto de 2020

NO RENOVAR LA AUTORIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN RADIACTIVA NUCLEAR DE LA MINA DE URANIO DE RETORTILLO.

Compromís exige al Gobierno de PSOE-UP paralice el proyecto de la mina de uranio de Retortillo (Salamanca)
 
El portavoz de Compromís en el Senado recuerda que tanto PSOE como UP mostraron su rechazo al proyecto siendo oposición
 
 
Comunicación Grupo Compromís en el Senado
 
El senador de Compromís, Carles Mulet, ha vuelto a exigir al Gobierno se deje de jugar al despiste y tome las riendas, dentro de sus competencias, para paralizar definitivamente el proyecto de mina de uranio de Retortillo ( Salamanca). Ahora, mediante una pregunta escrita ha instado a no renovar la autorización para esta instalación radiactiva.
 
Mulet ha recordado que desde 2017 la formación valencianista ha estado trabajado intensamente junto a las plataformas de oposición al proyecto y con las formaciones leonesistas contrarias al mismo dentro de su acuerdo de colaboración mutua.” Primero el Gobierno de Rajoy, luego el de Sánchez y ahora el de Sánchez e Iglesias, han jugado al despiste, derivando todas la responsabilidades a la Junta de Castilla y León, cuando el ejecutivo central tiene mecanismos de sobra para rechazar una instalación que puede ser letal para toda la comarca. No entendemos cómo tanto PSOE como UP en su momento, siendo oposición, mostraron su enérgico rechazo y ahora son tíbios e incosistentes, por ello vamos a continuar insistiendo hasta conseguir el rechazo firme a esta instalación”
 

texto de la pregunta:
 
PREGUNTA ESCRITA

D. CARLES MULET GARCÍA, Senador designado por las Corts Valencianes, del GRUPO PARLAMENTARIO IZQUIERDA CONFEDERAL (ADELANTE ANDALUCÍA, MÉS PER MALLORCA, MÁS MADRID, COMPROMÍS, GEROA BAI Y CATALUNYA EN COMÚ PODEM), al amparo de lo previsto en los artículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente pregunta con respuesta escrita:

 Las ONGs Amigos de la Tierra, Ecologistas en Acción, Greenpeace, SEO/BirdLife y WWF piden al Gobierno que no renueve la autorización para la instalación radiactiva nuclear de la mina de uranio de Retortillo, en Salamanca. Las organizaciones ambientales mencionadas alertan del peligro e incongruencia de seguir este proyecto nuclear en nuestro país.
 
Las principales organizaciones ecologistas del país piden a la vicepresidenta cuarta y Ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, que no renueve dicha autorización, por sus graves riesgos e impactos ambientales, sociales y sobre la salud.
 
Además, las organizaciones alertan de que, si el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) diera su autorización, esto convertiría a España en el único país de Europa con una mina de uranio a cielo abierto, algo inconcebible e incoherente con el compromiso del actual Gobierno de eliminar progresivamente la participación de la energía nuclear en nuestro mix energético, de realizar una transición energética y conseguir un sistema energético descarbonizado, eficiente, 100 % renovable y sin generación eléctrica de origen nuclear.
 
Amigos de la Tierra, Ecologistas en Acción, Greenpeace, SEO/BirdLife y WWF, al igual que otros colectivos sociales como Stop Uranio, han mostrado durante años su oposición y han alertado en numerosas ocasiones de que este proyecto ha estado envuelto en gravísimas irregularidades, gran polémica y una fuerte oposición social desde un primer momento.

 Este peligroso proyecto obtuvo en 2013 una declaración de impacto ambiental positiva por parte de la Junta de Castilla y León. Sin embargo, la evaluación de impacto ambiental no analizaba la mayor parte de los graves daños asociados, como tampoco los generados por la producción y almacenamiento de residuos radiactivos sobre el entorno y las personas.
 
A pesar de no haber conseguido todos los permisos necesarios, la empresa ya ha realizado grandes movimientos de tierras y arrancado más de 2.000 encinas, algunas de ellas centenarias. Referido en ocasiones como `mina de uranio¿, el macroproyecto en sí consta, además, de la mina a cielo abierto, de una planta de procesado de mineral de uranio (considerada instalación radiactiva nuclear) y de una planta de almacenamiento de residuos nucleares.
 
Las organizaciones ecologistas denuncian que las amenazas no acaban con la explotación de la mina, el concentrado de uranio y el almacenamiento de residuos radioactivos, sino que perdurarán a largo plazo cuando las minas queden abandonadas una vez que acabe su explotación.
 
Aparte de la degradación ambiental irreversible de un paisaje que quedará degradado para siempre, la contaminación y el riesgo radiactivo permanecerán de manera persistente en la zona y deberá ser la administración pública, con dinero de todos los ciudadanos, quien vele durante décadas por esta instalación radiactiva y sus residuos, dejando un legado peligroso y contaminado para las generaciones futuras.
 
Las organizaciones también denuncian los graves impactos ambientales de este proyecto sobre espacios de la Red Natura 2000 y sobre los hábitats y especies de interés comunitario presentes. En concreto, aportan evidencias sobre la posible extinción de la especie de pez endémica sarda salmantina. Tanto es así, que la Comisión Europea está estudiando la apertura de un expediente de infracción contra España por incumplir la Directiva Marco de Agua y de la Directiva relativa a impactos de proyectos sobre el medio ambiente.
 
De igual forma, son especialmente graves las amenazas que el proyecto plantea a Portugal, ya que la proximidad al río Duero de esta mina de uranio a cielo abierto hace muy probable la contaminación del agua por escorrentía y por el polvo radiactivo que genera la explotación.
 
Como han denunciado en reiteradas ocasiones, los impactos transfronterizos han sido obviados en el proceso de evaluación del impacto ambiental realizado por la Junta de Castilla y León. De ahí que el Gobierno portugués haya solicitado al Gobierno español más información para iniciar un proceso de consultas.
 
Para las organizaciones ecologistas, la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Transición Ecológica tiene la ocasión de frenar de una vez este peligroso proyecto que nunca debió pasar las primeras fases de su tramitación y que hipotecaría el futuro de esta zona de incalculable valor ecológico, dejando a la larga un legado contaminado que deberá pagar y afrontar toda la sociedad. Por eso consideran que debe rechazar la renovación de la autorización previa de la planta de concentrado de uranio de Retortillo.

 Por todo ello, se pregunta al Gobierno de España si va a ser sensible a este clamor y a los compromisos electorales de los partidos en el Gobierno, y dentro de sus competencias va a hacer las gestiones oportunas para no renovar la autorización para la instalación radiactiva nuclear de la mina de uranio de Retortillo, en Salamanca por los motivos expuestos anteriormente?