29 de noviembre de 2018

BERKELEY NO PUEDE CONSEGUIR LA LICENCIA URBANÍSTICA EN RETORTILLO.

El Alcalde de Retortillo no puede conceder la Licencia Urbanística solicitada por Berkeley Minera España S.L. el día 8/7/2016.
 
Corporación Municipal de Retortillo
 
D. Francisco Bellón del Rosal, actuando en nombre y representación de la Empresa Berkeley Minera España, S.L. por la que con fundamento en lo expuesto en la misma se solicita autorización de uso excepcional y de licencia urbanística para el Proyecto Minero Retortillo (nº. 6605-10 del Derecho de Registros Mineros).
 
Ante la falta de Secretario municipal el ayuntamiento de Retortillo solicitó informe al Servicio Jurídico de asistencia a municipios de la Diputación Provincial, el cual determina que no debe otorgarse la licencia solicitada por Berkeley en julio de 2016.
 
INFORME DEL SERVICIO JURÍDICO DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS DE LA DIPUTACIÓN DE SALAMANCA.
 
 
Fundamento de Derecho. El otorgamiento de las licencias es atribución del Sr. Alcalde.
 
La solicitud de licencia debe entenderse desestimada cuando los actos del uso del suelo afecten al dominio público (3,2 km. de la carretera SA-322 son propiedad de la Diputación de Salamanca).
 
Berkeley no podía asegurar que tenía otorgada la licencia acogiéndose al sentido del silencio administrativo del Ayuntamiento. (En ningún caso pueden entenderse otorgadas por silencio administrativo las licencias contrarias o disconformes con la normativa urbanística).
 
Los expertos juristas se basa en dos argumentos:
 
El primero está referido a que las instalaciones previstas en Retortillo ocupan parte de la carretera SA-322 que es propiedad de la Diputación de Salamanca. Se trata, por tanto, de un bien de dominio público y para proceder a su desafectación se debiera haber construido la variante anunciada por la empresa minera, pero eso no ha ocurrido porque Berkeley no se ha hecho con la propiedad de todas las parcelas afectadas y desistió del procedimiento de expropiación de las que sus dueños no le han querido vender amistosamente.
 
El segundo es porque la empresa minera no ha presentado un proyecto firmado y visado de todas las instalaciones que pretende construir en Retortillo.
 
Conclusiónes:

1ª.-Se aprecia que la autorización de uso excepcional y licencia urbanística solicitada por Berkeley Minera España, S.L. NO RESULTA CONFORME a la normativa urbanística.

2ª.- Proponer, en consecuencia, al ayuntamiento de Retortillo (Salamanca), como órgano municipal competente al efecto LA DENEGACIÓN DE LA ANTERIOR LICENCIA SOLICITADA.

Salamanca, 16 de julio de 2018.
Fdo.- El Secretario-Interventor del Servicio Jurídico de Asistencia a Municipios.
 
Ahora sabemos que no sólo tiene Berkeley pendiente de obtener la autorización de construcción de la planta de tratamiento de uranio por parte del Ministerio para la Transición Ecológica, procedimiento suspendido hasta que informe el Consejo de Seguridad Nuclear, sino que la Licencia Urbanística del Ayuntamiento de Retortillo no la podrá obtener hasta que no ejecute la variante de la carretera comarcal SA-322 a la que se oponen distintos propietarios afectados.
 
 
 
Otro motivo que impide al ayuntamiento de Retortillo conceder la Licencia Urbanística a Berkeley Minera es el recurso de alzada que el ayuntamiento de Villavieja de Yeltes y STOP URANIO presentaron contra el acuerdo de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo (autorización de uso excepcional en suelo rústico) que anuló dicho acuerdo, y que han remitido, para su conocimiento, al Sr. Alcalde y Secretaria de Retortillo.

SUSPENSIÓN DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y URBANISMO EPTE Nº 18/ 17 DEL 20 DE JULIO DE 2017 POR APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 117.3 DE LA LEY 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 
Recurso de Alzada del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes contra el Acuerdo de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo Expte nº 18/ 17 del 20 de julio de 2017, para que por parte del Ayuntamiento de Retortillo sea considerada la SUSPENSIÓN de la eficacia de dicho Acuerdo antes de dictar la eventual LICENCIA URBANÍSTICA para las obras del yacimiento minero de Retortillo. (Página 11 del Recurso de Alzada) por aplicación del artículo 117.3 de la Ley 39/ 2015 YA QUE A DÍA DE HOY NO SIDO RESUELTO EL RECURSO DE ALZADA INTERPUESTO EL 21/11/2017.

" La ejecución del acto impugnado se entenderá suspendida si transcurrido un mes desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para decidir sobre la misma, el órgano a quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto. En estos casos, no será de aplicación lo establecido en el artículo 21.4 segundo párrafo, de esta Ley."

 



El descalabro bursátil de la empresa Berkeley y el rechazo a su mina, eran más que previsibles ante la falta de rigor de unos directivos que han mantenido una versión de su negocio minero alejada de la realidad.

 
 

2 comentarios:

  1. Ya queda menos.Seguimos aparentando.SE VAN A IR,cual cuatreros del desierto australiano. Alimañas que vinieron al olor de la ingenieria /componenda administrativa preparada para la parasitación del oeste salmantino.Erraron en sus cálculos y no tuvieron encuentra la dignidad y la valentía de sus pobladores ,será porque ellos son tan sumamente indignos que piensa el ladrón que todos son de su condición. NO A LA MINA,SI A LA VIDA.

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    1. Sí. Se van a ir. Pero antes deberán pagar de alguna manera, (con una SANCIÓN EJEMPLAR) el CRIMEN MEDIOAMBIENTAL que han cometido, al ARRANCAR 3.000 encinas CENTENARIAS de forma ILEGAL,al no tener los permisos pertinentes para poder abrir la mina. Y, como dice el presidente de la comunidad de Castilla y
      León, " LAS LEYES ESTÁN PARA CUMPLIRLAS", pues si la LEY aún NO HA AUTORIZADO la apertura de la mina, y ésta empresa australiana, ha ARRANCADO semejante número de ENCINAS CENTENARIAS,¿ por qué no se le ha SANCIONADO YA ?. ¿ Quién de la Junta les "autorizó ", para
      cometer semejante DELITO MEDIOAMBIENTAL ?
      TIENE QUE HABER ALGÚN CULPABLE DENTRO DE LA JUNTA QUE SEGURAMENTE HABRÁ PUESTO " EL CAZO ". Ya se sabrá. Al tiempo.

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