Lo que leerán ustedes aquí, demuestra cómo la Corporación Municipal de Retortillo no hizo caso a los informes del arquitecto de la Mancomunidad emitidos en octubre de 2016, para favorecer los intereses de la empresa Berkeley Minera España S.L.
Manuel Fco. Juan Fco. Reinaldo, Eustaquio y Andrés (Corporación Municipal)
Deberían dimitir todos y luego pasarse por el juzgado.
INFORME:
Asunto: Consulta de la procedencia de obtener
licencia urbanística o declaración responsable.
Municipio: Retortillo (Salamanca)
Solicitante: AYUNTAMIENTO DE RETORTILLO
NORMATIVA APLICABLE:
Delimitación de suelo. Clasificación de Suelo:
RÚSTICO.
JUAN CARLOS GARCÍA ALONSO, Arquitecto Colegiado en
el COAL con el número 2.467, como Arquitecto de la Mancomunidad Las Dehesas,
INFORMA:
Que por parte del Ayuntasmiento de Retortillo se
solicita información acerca de si los hechos denunciados por SEPRONA, denuncia
número 2017 101912 0000002 de fecha 5 de enero de 2017, necesitan licencia de
obras o declaración responsable, si son constitutivos de infracción urbanística
por no haberla solicitado la empresa y se deben paralizarse las obras.
La denuncia de SEPRONA expone que se ha
construido una balsa con dimensiones aproximadas de 125 x 200 x 3 m. y de cuya
superficie se han extraído aproximadamente unos 36.000 metros cúbicos de
tierra. Indica asímismo que se presume que por las características de la
vegetación en las parcelas colindantes, sobre el suelo de la parcela afectada,
existía plantación de encinas, carrascos y especies vegetales de monte bajo.
A este respecto este técnico indica que ya emitió
informe con fecha 31 de octubre de 2016, referente al proyecto de realización
de cata para extraer material de préstamo para la ejecución de la variante de
la carretera SA-322, en el que entre otras consideraciones se informaba que se
había presentado por parte de la empresa Berkeley Minera España S.L., además
del citado proyecto, una Declaración Responsable, registrada con fecha 6 de
septiembre de 2016 para la realización de las obras a desarrollar en las
parcelas 112, 116 y 5.024 del polígono 503 del término de Retortillo, donde se
actuaría sobre una superficie de 24.919 metros cuadrados, con un volumen de
desmonte de 216.014,25 metros cúbicos.
Las obras consistirían en la retirada de la capa
superficial vegetal para posteriormente realizar una excavación en material
suelto en base a medios convencionales, excavación en material de tránsito
mediante ripiado y excavación en roca mediante voladura.
El vaciado se realizaría hasta alcanzar una
profundidad en el fondo que variaría entre las 12 y los 16 metros dependiendo
de la topografía del terreno.
Como conclusión de este informe se indicaba que
las obras a realizar se encuadraban dentro del artículo 97 "Actos sujetos
a Licencia" de la Ley 7/2014 de 12 de septiembre de medidas sobre
rehabilitación, regeneración y renovaciones urbanas, que modifica la Ley 9/1999
de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, que en su punto 1, apartado i)
se refiere a obras de "Desmontes, excavaciones, explanaciones,
aterramientos, vertidos y demás movimientos de tierra" y no al artículo
105 bis "Actos Sujetos a Declaración Responsable" de la citada ley,
al que se acogía la empresa Berkeley Minera España S.L.
Se indicaba asimismo que el que las
obras de estos movimientos de tierra sean necesarias para la obra de la
construcción de acondicionamiento de la carretera SA-322, no era óbice para la
obtención de la preceptiva Licencia Urbanística.
Además
se indicaba que según el Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla
y León, la actividad extractiva a la que se refiere el proyecto está sometida
al régimen de Licencia Ambiental.
Este
técnico, ante el actual requerimiento del Ayuntamiento de Retortillo, se
ratifica en lo anteriormente informado, considerando que la actividad en
cuestión se encuentra sometida a Licencia Urbanística y no a declaración
responsable.
En
cuanto a la cuestión de si los hechos son constitutivos de infracción
urbanística, deberá tenerse en cuenta el
artículo 113 "Protección de la Legalidad frente a actos en ejecución"
o el artículo 114 "Protección de la Legalidad frente a actos concluidos"
de la citada Ley 7/2014 de 12 de septiembre, dependiendo de si las obras se
están realizando o han finalizado, de lo que no se tiene constancia.
En
el primer caso, artículo 113, el Ayuntamiento dispondrá:
a)
La paralización de los actos en ejecución, con carácter inmediatamente
ejecutivo.
b)
La incoación de procedimiento sancionador de la infracción urbanística y de
restauración de la legalidad.
En
el segundo caso, artículo 114, el Ayuntamiento dispondrá de incoación de
procedimiento sancionador de la infracción urbanística y de restauración de la
legalidad.
Por
tanto y en cuanto a la última pregunta realizada por el Ayuntamiento de
Retortillo, de si deben paralizarse las obras, este técnico considera que si
las obras no están concluidas se está a lo
dispuesto en el citado artículo 113 y procede la paralización de las obras con
carácter inmediatamente ejecutivo.
Y
para que conste y a los efectos oportunos firmo el presente Informe en Salamanca
a 24 de febrero de 2017.
Firmado:
Juan Carlos García Alonso
Arquitecto.
Ayuntamiento fuera, lo que esta claro es que otros han movido los hilos por ellos, esto no salen de sus cabecitas, dimision ya, haber que hay que hacer para que entreguen las llaves ya. Demsiado embrollo, esto huele muy mal. Paralizacion de las obras, no mas destruccion. Este verano viene caliente.
ResponderEliminarEl resultado de la lectura de este informe es muy REVELADOR y resume perfectamente eL modus operandi del ayuntamiento de Retortillo al ritmo que le marca la empresa Berkeley. Es vergonzoso que este ayuntamiento permita el continuado avasallamiento que ejerce la empresa Australiana. ESTABAMOS ANTES DE QUE VINIERA BERKELEY Y VIVÍAMOS MÁS TRANQUILOS. AHORA Y SIEMPRE NO A LA MINA.
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ResponderEliminar“Con ellos comenzó todo, año 2011” era el pie de foto de un post titulado “Miseria, estrategias y radón” donde posaban candorosos ediles y trompetillas de Retortillo, firmado por Carlos Abejón y publicado en el Blog de Jesús.
Cuánta certeza encerraba esa sencilla afirmación.
Así de simple: y entonces irrumpió la minera australiana comprando el derecho a obrar mal.
Fueron los primeros culos a medida encontrados en esta república bananera, movidos por voluntad superior de especuladores, ósculos, subvenciones, apretones de manos y palmaditas en la espalda: Tentados por los ingresos, solo pensando en sí mismos y metidos hasta las cejas en el suministro del uranio, vendieron a su madre preguntando si era pecado. Gorda es su culpa. ¿Qué mierda de “prosperidad del pueblo” es esta si no se rige por ninguna ética?
Y así comenzaron las desgracias.
“Deberían dimitir todos y luego pasarse por el juzgado” escribe Jesús, y añado: y enchironarse y, según “Laudatio SI,” también excomulgarse.
Y seguía otro pie de foto del pleno del consistorio: “Con ellos empezó todo y con estos continúa igual o peor.” Efectivamente, porque mandaron jodiendo y jodiendo, mandaron.
Todo está podrido, prevaricado y cohechado hasta la náusea. Son indignos de ostentar un cargo público. No representan el bienestar común, sino el bienestar particular y el pelotazo minero a escala piramidal amparándose en licencias ilegales. Qué casa putas y qué escándalo público.
Nunca vamos a superar el asco. ¡Puaf! Cuánta porquería y mediocridad sale todos los días del fango radiactivo y de la masacre encinar. Basta ya. ¡Fuera!
Por bendita contraposición, los veinte alcaldes firmantes del manifiesto anti nuclear, en nada se les parecen. No se compran el valor, la honradez y la dignidad. Saben qué hay que hacer, y qué hay que evitar por el bien de la comunidad y de una comarca entera.
Vamos… Que se huelen la tostada del suicidio colectivo si llega a perpetrarse una instalación radiactiva.
A estos 20 alcaldes, a las plataformas, a los proscritos anti-mina, a Salamanca Antinuclear, a Stop Uranio… A todas las personas que lucháis infatigables por la defensa del Campo Charro: ¡Gracias!
Lo que si esta claro, es que estos sujetos del Ayuntamiento de Retortillo,deben de pagar por lo que estan haciendo.esperamos que todo el peso de la ley caiga sobre ellos,paletos son un rato, pero no tontos, saben muy bien de parte de quien estan, no pueden cinco sujetos decidir por miles de personas y condenar al Campo Charro a una muerte anunciada.arruinando vidas , pero no las suyas.
ResponderEliminary al resto de Alcaldes felicitarles por la integridad, etica, y responsabilidad y conciencia de su cargo por el que sus vecinos les recordaran siempre. Si no defiendes la tierra que te vio nacer, no mereces vivir en ella.Nunca tuvimos tanta mierda ( perdon) en Retortillo.
Despues de leer las opiniones anteriores, quienes no son gratos en Retortillo, fuera no habeis respetado a las gentes de Castilla. No a la mina, no a las centrales nucleares, no al uranio.
ResponderEliminarQuiero añadir una observación:los últimos empleos q han dado, han sido sobretodo a gente de Villavieja Por que será? NO SERÁ PARA DIVIDIR AL PUEBLO COMO LO HICIERON EN RETORTILLO? Villavieja no os dejéis engañar con sus cantos de sirena...seguir resistiendo... ellos usan " divide y vencerás y poderoso caballero es ..." nosotros "la unión hace la fuerza" NO LA MINA SI A LA VIDA
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