15 de agosto de 2016

BERKELEY SOLICITA EN RETORTILLO LA LICENCIA AMBIENTAL Y CAMBIO DE USO Y DESISTE DE LOS DE VILLAVIEJA DE YELTES.

SOLICITUD DE BERKELEY AL AYUNTAMIENTO DE RETTORTILLO:

Autorización de uso excepcional de MIL CUATROCIENTAS CUARENTA Y SEIS HECTÁREAS y de Licencia Urbanística.

Francisco Bellón y Javier Colilla entrando al Ayuntamiento de Retortillo.

D. Francisco Bellón Del Rosal, actuando en nombre y representación de Berkeley Minera España, S.L. CIF: B-37485570. EXPONE:

Que Berkeley es titular de la Concesión de Explotación Retortillo-Santidad (Villavieja de Yeltes)  nº 6.605-10.

Y en virtud de lo anteriormente expuesto,

SOLICITA al Ayuntamiento de Retortillo que tenga por presentado en tiempo y forma el presente escrito de Solicitud de Autorización de Uso Excepcional y de Licencia Urbanística para el Proyecto Minero RETORTILLO nº 6.605-10, y al efecto se sirva tramitar dicha solicitud con estricto cumplimiento de los plazos establecidos, procediendo a emitir la Licencia Urbanística.

Manuel (alcalde) Juan Fco., Reinaldo, Eustaquio y Andrés. Actual Corporación de Retortillo.

Señor Alcalde de Retortillo y Concejales del Ayuntamiento (algunos trabajadores de Berkeley):

Saben y conocen que la concesión de uso excepcional de las 1.445,82 hectáreas corresponde a la Comisión Territorial de Urbanismo, por lo que todos confiamos en que ese Exmo. Ayuntamiento defienda los intereses de los propietarios de esos terrenos y presente alegaciones para que no se produzca dicha concesión.

Manuel (alcalde) Juan Fco. Reinaldo, Eustaquio y Andrés (concejales), en su decisión está la concesión de la licencia urbanística de la mina de uranio. Si pueden, miren su conciencia, piensen en el interés general y trabajen por las generaciones futuras, NO CONCEDAN LA LICENCIA URBANÍSTICA solicitada por Berkeley.

Para ello tengan en cuenta lo siguiente:

Berkeley no tiene todas las autorizaciones pertinentes para comenzar la extracción minera y es probable que no las consiga, por tanto, ¿para qué producir tanto daño a los propietarios de los terrenos afectados?.

Piensen un poco. Berkeley inicia la documentación presentada en el Ayuntamiento diciendo que es titular de la explotación minera Retortillo-Santidad (Villavieja de Yeltes) 6.605-10 y termina solicitando licencias para el proyecto minero RETORTILLO nº 6.605-10. 

¿Por qué un proyecto es dividido ahora? ¿Villavieja de Yeltes ya no interesa?, cuando la documentación existente en todas las administraciones figura un único proyecto RETORTILLO-SANTIDAD. ¿Qué ocurre para que Berkeley no solicite en el Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes las Autorizaciones de uso excepcional y licencia urbanística de las hectáreas pertenecientes a su término?.

Nos consta que a fecha de hoy, obra en el Ayuntamientos de Villavieja de Yeltes, la solicitud de desistimiento de la autorización de uso excepcional de suelo rústico y de las correspondientes licencias urbanísticas de la empresa Berkeley.
Nosotros tenemos una opinión a esto (el tiempo nos dirá si es acertada). El Alcalde y Concejales del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes (PSOE y PP unidos) piensan en futuro, no se doblegan al dinero de Berkeley y no consienten las mentiras y modificaciones del proyecto desde que fue presentado, hasta el día de hoy.

¿Solicita solamente Berkeley en Retortillo estas autorizaciones porque sabe que su Corporación es terreno abonado?

Artículo 291 del Reglamento Urbanístico de Castilla y León.

3.- "No pueden otorgarse licencias urbanísticas para la realización de actos de uso del suelo que, conforme a la legislación sectorial, requieran otras autorizaciones administrativas previas, hasta que las mismas sean concedidas".

4.- "Las Licencias Urbanísticas deben otorgarse dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros y para solicitarlas no es necesario acreditar la titularidad de los terrenos afectados, salvo cuando el Ayuntamiento estime que su otorgamiento puede afectar al dominio público".

5.- En particular, el Ayuntamiento debe denegar el otorgamiento de las licencias urbanísticas cuya ejecución haya de producir una ocupación ilegal de los bienes de dominio público.


1 comentario:

  1. La llevais clarita con el Ayuntamiento si pensais que el ayto le va a poner trabas.

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