13 de junio de 2023

UN ANTES Y UN DESPUÉS EN RETORTILLO: 17 JUNIO 2023

¿ Qué es transparencia en la actividad pública ?

Comienza una decisiva semana en Retortillo: Celebra sus FIESTAS DE LA OCTAVA DE CORPUS y se producirá un cambio drástico y definitivo en la manera de gobernar su ayuntamiento. 

QUEDARÁN ATRÁS TRES NEFASTAS LEGISLATURAS ( 12 AÑOS ) CON GRAVES CONSECUENCIAS PARA EL MUNICIPIO, LA COMARCA Y SUS CIUDADANOS.

Transparencia de la actividad pública .- Artículo 1. Objeto. Esta Ley tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento.

Las pasadas elecciones municipales del 28 de mayo dieron como resultado la siguiente Corporación Municipal que tomará posesión el próximo sábado 17 de junio a las 10,00 horas en una Sesión que se celebrará, tras años entregado en exclusividad a Berkeley Minera, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento:

MARIA DEL CÁRMEN GONZÁLEZ HERNÁNDEZ = 69 votos (Concejal PSOE)                                    JOSÉ MARÍA MATILLA RODRÍGUEZ = 62 votos (Concejal PSOE)                                              ÁLVARO MARTÍN SÁNCHEZ = 64 votos (Concejal PSOE)                                               ROBERTO ROMÁN ALONSO = 59 votos (Concejal PSOE)                                  MARIA CONSUELO SÁNCHEZ MATÍAS = 44 votos (Concejal VOX)

Tras agradeceros vuestra disposición altruista para ser nuestros responsables públicos en la gestión del Ayuntamiento de Retortillo, os recordamos que la transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de vuestra acción política. 

Son ya 12 años sin que en Retortillo se aplicara la Ley de Transparencia y 12 años de mentiras y ocultaciones.

Estáis elegidos para que todo esto cambie, confiamos plenamente en vosotros y así nos lo habéis trasmitido en vuestros programas de gobierno.

Un buen ayuntamiento debe cumplir la Ley y seguir estas normas de transparencia:

Una administración transparente debe asumir el compromiso de comunicar a la ciudadanía toda aquella información pública que obra en su poder, que sea relevante o en la que esté interesada cualquier persona. Solo de esta manera podemos conseguir que los ciudadanos y ciudadanas sean partícipes de la gestión de lo público y puedan exigir la mejora de los servicios públicos que utilizan y disfrutan. 

Cualquiera debe poder saber qué hacen en su ayuntamiento, con qué recursos lo consiguen, por qué, para qué y para quién lo llevan a cabo, y cómo y cuánto cuesta.

Además, cualquier persona puede ejercer su Derecho de acceso a la información pública para solicitar toda aquella información que posee el Ayuntamiento.

Con la transparencia el Ayuntamiento rinde cuentas a la ciudadanía, pero también mejorar la gestión pública, la eficiencia de sus servicios y fomenta la participación ciudadana.

La transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Sólo cuando la acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, cuando los ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos  o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda participación de los poderes públicos

La Ley tiene un triple alcance: incrementa y refuerza la transparencia en la actividad pública, reconoce y garantiza el acceso a la información y establece las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento.

Para favorecer de forma decidida el acceso de todos a la información que se difunda se creará el Portal de la Transparencia, que incluirá, además de la información sobre la que existe una obligación de publicidad activa, aquella cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia.

El capítulo III configura de forma amplia el derecho de acceso a la información pública, del que son titulares todas las personas y que podrá ejercerse sin necesidad de motivar la solicitud.



Si han leído con detenimiento, habrán llegado a la conclusión de que para los anteriores gobernantes de Retortillo esta Ley no existió, aunque lleva en vigor 10 años.

Confío en que pronto podamos saber todo lo relacionado con Berkeley y su mina. Situación del expediente sancionador. Cuanto dinero, aparte de trabajos a los concejales, ha ingresado la minera y conceptos. Criterios para conceder la licencia urbanística para la construcción de la mina que el alcalde firmó en el año 2020. Declaraciones de bienes, de actividades y de posibles incompatibilidades de los alcaldes y concejales que han trabajado o se han beneficiado de Berkeley y que a su vez le concedían licencias, permisos e ignoraban obras ilegales.

Nos gustaría saber si es cierto, como dice Berkeley, que la minera ya aportó al ayuntamiento unos 400.000 euros. Donde están invertidos o depositados. Cuanto lleva invertido el ayuntamiento de Retortillo en la obra sin terminar del edificio destinado a Bar Piscinas. Cuando salieron a concurso público las obras, las empresas interesadas y el criterio de adjudicación.

TRANSPARENCIA DE LO QUE HAGÁIS Y TRANSPARENCIA SOBRE LO QUE ENCONTRÉIS. 

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