29 de enero de 2013

ALEGACIONES AL AYUNTAMIENTO DE VILLAVIEJA DE YELTES.

 
La Comisión Territorial de Urbanismo remitió al Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes, para la corrección de errores, el expediente que este ayuntamiento tramita para cambio de uso de las parcelas destinadas a la explotación de la mina de uranio. Podeis comprobarlo en el BOCYL del 09/01/2013 (copiado a continuación)
 
Entendemos que se reabre un nuevo plazo donde se puede recurrir. La fecha termina el 01 de febrero del 2013.
 
Copiamos un recurso que sería conveniente presentaran todas las personas interesadas en que estas hectáreas de Villavieja no pasen de suelo rústico de protección ecológica a un uso excepcional para luego ser destrozadas por la mina de uranio prevista.
 
Los recursos se pueden presentar en cualquier oficina de registro y es conveniente enviar una al Ayuntamiento de Villavieja y otra a la Comisión de Urbanismo.
 
Si desean el fichero con el modelo de alegación pueden comunicarlo en este blog y se les envia al correo electrónico que nos indiquen.
 
AYUNTAMIENTO DE VILLAVIEJA DE YELTES (SALAMANCA


CORRECCIÓN de errores de la información pública relativa a la solicitud de autorización de uso excepcional y la correspondiente licencia urbanística, para la explotación del yacimiento de uranio, en el Polígono I, Parcelas 2, 5, 13, 14, 17 y 18 en el término municipal de Villavieja de Yeltes (Salamanca).
Advertido error en el texto del anuncio relativo a la solicitud de autorización de uso excepcional y la correspondiente licencia urbanística para explotación minera de uranio, de fecha de 9 de agosto de 2012, publicado en el «Boletín Oficial de Castilla y León» número. 153, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

Donde dice:
 
«Por este Ayuntamiento se está tramitando autorización de uso excepcional y la correspondiente licencia urbanística para la explotación del yacimiento de uranio dentro del término municipal de Villavieja de Yeltes,...»
 
Debe decir:
 
«Por este Ayuntamiento se está tramitando autorización de uso excepcional y la correspondiente licencia urbanística para la explotación del yacimiento de uranio, promovida por D. Javier Colilla Peletero, en nombre y representación de BERKELEY MINERA ESPAÑA, S-A, dentro del término municipal de Villavieja de Yeltes,…»
Villavieja de Yeltes, 11 de diciembre de 2012.
El Alcalde,


Fdo.: Jorge Rodríguez Martín
/bocyl.jcyl.es
 
CV: BOCYL-D-09012013-73


MODELO DE ALEGACIÓN


D. ____________________________________, con DNI________________ y domicilio en __________________________________________________, comparece y como mejor proceda,


EXPONE:

Que en el BOCYL del día 9 de enero de 2013, se ha publicado anuncio del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes (Salamanca), con el siguiente título “Corrección de errores de la información pública relativa a la solicitud de autorización de uso excepcional y la correspondiente licencia urbanística, para la explotación del yacimiento de uranio, en el Polígono I, Parcelas 2,5,13,14,17 y 18 en el término municipal de Villavieja de Yeltes (Salamanca)”.

Que dentro del plazo previsto en el Artículo 307 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, vengo a presentar las siguientes

 
ALEGACIONES:


Primera.- El proyecto de explotación del Yacimiento de Retortillo y Santidad para minerales de uranio incluye una planta de beneficio y enriquecimiento del mineral, cuyas autorizaciones, tanto la previa, como la autorización de construcción y explotación  corresponde otorgarlas al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, según lo previsto en el Real Decreto 1836/1999 que aprueba el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radioactivas. Esta autorización previa no sólo no ha sido otorgada todavía, sino que se encuentra en su fase inicial de tramitación.

En consecuencia, hasta que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo tramite y, en su caso, otorgue dicha autorización previa, debe procederse por ese Ayuntamiento a suspender y archivar todas tramitaciones relacionadas con dicho proyecto de explotación por parte de la empresa BERKELEY MINERA DE ESPAÑA S.A.
 
Esta es la única forma que tiene el Ayuntamiento de velar de forma auténtica por los intereses generales de los vecinos y ciudadanos de su municipio, por su seguridad y por el interés público. Esta actuación municipal preventiva y precautoria en pro de sus ciudadanos consiste en exigir que la empresa obtenga todas las autorizaciones y permisos relacionados con la explotación de uranio, antes de tramitar los permisos municipales.

Segunda.- El artículo 291,3 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León establece claramente que no pueden otorgarse licencias urbanísticas para realizar actos de uso del suelo que requieran otras autorizaciones administrativas previas, hasta que las mismas sean concedidas. En este caso, la licencia urbanística solicitada por Berkeley Minera España, S.A., está supeditada a la obtención previa de varias autorizaciones administrativas, tanto de la administración del Estado (Ministerio de Industria, Energía y Turismo y Ministerio de Medio Ambiente), como de la Junta de Castilla y León y no puede otorgarse hasta que todas estas autorizaciones sean concedidas.
 
Por otro lado, si bien el artículo 307 del citado Reglamento permite tramitar y resolver la autorización de uso excepcional dentro del procedimiento para el otorgamiento de licencia urbanística, en este caso y dada la complejidad del procedimiento en cuanto a las numerosas autorizaciones sectoriales previas que requiere la licencia urbanística, no procede esta tramitación anticipada pues si no se obtienen todas ellas y no puede otorgarse la licencia urbanística, no por razones urbanísticas, sino por normativas sectoriales, no tiene sentido desde el punto de vista del interés general, la tramitación de la autorización de uso excepcional.
En consecuencia, si no puede ni otorgarse, ni continuar la tramitación la solicitud de licencia urbanística, no puede tampoco, a tenor de este precepto 307 citado, tramitarse el procedimiento de autorización de uso excepcional en suelo rústico y ese Ayuntamiento debería, en cumplimiento de la normativa vigente, proceder al archivo de dichas solicitudes; notificándolo así a la sociedad Berkeley España que lo ha solicitado.
Tercera.- Es ahora preciso resaltar que la propia Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León (LUCYL), tomando como referencia los principios constitucionales, afirma de forma rotunda en su artículo 4 que la actividad urbanística tiene como objetivo “asegurar que el uso del suelo se realice conforme al interés general”. El mismo precepto afirma otra serie de principios que han de presidir la ordenación urbanística, como son los siguientes: desarrollo territorial equilibrado y solidario y basado en uso racional de los recursos naturales; la protección del medio ambiente; la prevención de la contaminación y, en fin, también la protección del medio rural.
El respeto al principio del interés general se configura como uno de los ejes fundamentales a tener en cuenta por todas las administraciones públicas en la toma de decisiones relacionadas con la ordenación urbanística y más en concreto con las relativas a los usos del suelo.
El artículo 23 de la LUCYL abre la posibilidad para autorizar usos excepcionales en suelo rústico, pero a continuación dice expresamente que lo serán conforme al artículo 25 de la misma Ley y con las condiciones que se señalen reglamentariamente. De tal forma, que no todos los usos excepcionales pueden permitirse o autorizarse en suelo rústico. Hay usos que están expresamente prohibidos y son incompatibles, como ocurre en el caso que nos ocupa en Villavieja de Yeltes: entre el suelo rústico de protección ecológica y la solicitud uso excepcional para yacimiento de minería de uranio, como más adelante diremos.
Cuarta.- Es necesario también resaltar que el artículo 23,2 de la citada LUCYL en relación con las autorizaciones de usos excepcionales en suelo rústico, contiene dos tipos de requisitos: que han de realizarse atendiendo a su interés público, además de verificar su conformidad con la naturaleza rústica de los terrenos.
Ninguno de estos requisitos esenciales exigidos por la Ley de Urbanismo aparece en este procedimiento de autorización de uso excepcional solicitado por la empresa BERKELEY MINERA ESPAÑA S.A.
 
No aparece el interés general, ni el interés público del municipio de Villavieja de Yeltes, ni de los municipios limítrofes, en esta autorización de uso excepcional en el suelo rústico, que lo es para llevar a cabo una explotación de yacimientos de uranio a cielo abierto que, en su caso, sólo aportaría beneficios a la empresa solicitante. Tratándose por lo tanto de la defensa de meros intereses particulares y no generales de los vecinos y ciudadanos afectados y de intereses económicos a favor de la citada empresa privada y de sus representantes, administradores y accionistas y no de defensa del interés público que exige la normativa urbanística. Ni siquiera puede alegarse, ni remotamente, algún interés público que pudiera estar relacionado con un proyecto de explotación minera que contara ya con la aprobación y autorización de alguna administración pública.
 La autorización de uso excepcional que se solicita, no sólo no es conforme con la naturaleza rústica de los terrenos afectados, sino que podemos afirmar que es contraria a dicha naturaleza rústica actual. Y esta falta total de conformidad se pone de manifiesto por el impacto sobre el territorio rústico que operaría el uso excepcional que se pretende autorizar, tanto desde un punto de vista cuantitativo, como cualitativo.
 Desde el punto de vista cuantitativo, sólo es necesario poner de manifiesto que se trata de una autorización para un uso excepcional de una enorme cantidad de hectáreas del término municipal. Cuando estas autorizaciones para usos excepcionales están previstas en la Ley para situaciones singulares, cuyas repercusiones sobre el territorio no son masivas. Aquí en realidad se está operando, por la vía de este procedimiento, una modificación del planeamiento, de la planificación urbanística del territorio, con lo que podemos afirmar que se está incurriendo en “fraude de ley”.
 Desde el punto de vista cualitativo resulta igualmente contrario a la naturaleza rústica de los terrenos debido al impacto sumamente agresivo que supone unos yacimientos de minería de uranio, cuya explotación se realizará a cielo abierto, incluyendo una planta de beneficio para la obtención del uranio, así como amplísimas zonas de depósitos de los materiales de desecho y estériles. La autorización de estos usos excepcionales para esta explotación radioactiva de uranio, implicará la eliminación del resto de los usos de los terrenos rústicos en su versión actual. Se trata de un uso minero de tal intensidad de contaminación, de aire, suelo (tierras y arbolados) y subsuelo y peligrosidad para la salud y la vida de las personas y de los animales y de la fauna y flora, que hará imposible la pervivencia de los usos actuales como la ganadería, la agricultura, las actividades forestales, así como la de agroturismo o la desaparición de la actividad de balneario termal existente en la actualidad.
Quinta.- Según el anuncio que ese Ayuntamiento de Villavieja publicó en el BOCYL el 9 de agosto de 2012, el suelo rústico sobre el que la empresa BERKELEY MINERA ESPAÑA S.A. solicita “autorización de uso excepcional y la correspondiente licencia urbanística”, aparece calificado como “suelo rústico de protección ecológica”, por su propio planeamiento urbanístico municipal.
 Al tratarse de un suelo rústico protegido, el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (RUCYL) establece que, precisamente para hacer efectiva esa protección, hay una serie de usos que son incompatibles en estos terrenos protegidos y por lo tanto los declara prohibidos. El Reglamento de Urbanismo de Castilla y León declara expresamente como uso prohibido con este suelo rústico de protección ecológica, el uso del apartado b, del artículo 57 del citado Reglamento: “Actividades extractivas, entendiendo incluidas las explotaciones mineras bajo tierra y a cielo abierto.” Y por lo tanto es un uso prohibido en estos terrenos rústicos la pretendida explotación de los yacimientos de minería de Uranio en Retortillo y Santidad.
No puede, en consecuencia, llevarse a cabo esta tramitación, ni la aprobación de autorización de uso excepcional para la explotación minera de uranio que pretende la empresa Berkeley en Villavieja de Yeltes, pues lo prohíbe la normativa urbanística aplicable.
 
En virtud de todo lo expuesto SOLICITA:
 1.- Que con base en los razonamientos expuestos se proceda por el Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes a proponer la denegación de la autorización de uso excepcional en suelo rústico para Proyecto de Explotación del Yacimiento de uranio dentro del término municipal de Villavieja de Yeltes, solicitada por la empresa Berkeley Minera España S.A..
 2.- Que con base en los razonamientos expuestos se proceda por la Comisión Territorial de Urbanismo de Salamanca a denegar a la empresa Berkeley Minera España S.A. la solicitud de autorización de uso excepcional en suelo rústico para Proyecto de Explotación del Yacimiento de uranio dentro del término municipal de Villavieja de Yeltes.
 3.- Que por parte del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes se deniegue a la empresa Berkeley Minera España S.A. la Licencia Urbanística solicitada para el mismo Proyecto de Explotación del Yacimiento de uranio dentro del término municipal de Villavieja de Yeltes.
 4.- Que se nos tenga por parte en los procedimientos tramitados por ese Ayuntamiento y por la Comisión Territorial de Urbanismo en relación con este Proyecto y se me notifiquen todas las resoluciones y acuerdos que se adopten.
 En Villavieja de Yeltes, a 29 de enero de 2013
 
Fdo./ _________________________________________________
 
 
 

SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAVIEJA DE YELTES
VILLAVIEJA DE YELTES (Salamanca)
 
COMISION TERRITORIAL DE URBANISMO
SERVICIO TERRITORIAL DE FOMENTO
Pº Torres Villarroel, nº 18
37005 SALAMANCA
 
 
 

7 comentarios:

  1. Es vergonzoso que el alcalde de Villavieja firmara (por dinero) el acuerdo con Berkeley y de aquel acuerdo llegan estas decisiones que siempre benefician a los del uranio y van en contra de los intereses de los propietarios del terreno. Jorge el dinero no es todo y como la mina siga adelante tendrás una carga en tu conciencia que te acompañará toda la vida.

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  2. Arístides Royo30 enero, 2013

    Jorge: Me cuesta creer que te hayas criado con Salva y Aurelia.

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  3. Jorge es, aparte de Salva y Aurelia, hijo del partido. Ha dado pruebas fehacientes de que en su ánimo no prima el bien común a medio y largo plazo. Quiere maquillar los datos del paro del pueblo y recurre a lo más fácil, aquello que en la posguerra se llama el "tío de América" con su dinero fresco. Yo me he llevado una gran desilusión con él pues conociendo como conozco su formación académica y profesional esperaba que hubiese planteado soluciones modernas y originales. Buscando la sostenibilidad, las nuevas tecnologías, apoyar a jóvenes emprendedores, involucrar a la Universidad en el desarrollo de nuestros pueblos. Pero eso exige paciencia, no esperar resultados a corto plazo y trabajo honesto y valiente sin sectarismos de partido, sea del color que sea. Por desgracia más de lo mismo, este año en Villavieja, con la que está cayendo no han reducido ni un novillo, más pan y circo. Mientras la cultura cada vez más menguada.
    PD- Salva cuando fue alcalde fue muy pero que muy tibio con el tema de las prospecciones de uranio, rallando la complicidad. A cada uno lo suyo.

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  4. Arístides Royo01 febrero, 2013

    Deduzco que el comunicante que me precede es de Villavieja, bien parece que conoces el paño.
    Cuando mas contacto tuve con Salva y Aurelia era yo un jovenzuelo y llegué a ellos a través de gente de su profesión, en aquella época eran altamente beligerantes y por eso me duele la actitud de Jorge, coincido contigo en que una persona con la formación que él posee había que esperar otros planteamientos, era el único alcalde "leído" de la zona porque con el alcalde de Villares, aun reconociendo que es buena gente, su afán de protagonismo y sus escasas luces no nos llevan a ningún lado, su mayor virtud consiste en organizar merendolas con la guardia civil presidiendo la mesa y eso que los beneméritos lo han planchado no pocas veces, en su escala de valores, y esto le viene de ralea, un tricornio de civil está mucho mejor considerado que el birrete de un catedrático.
    Mas grave es lo que hace el de Retortillo, no me parece trigo limpio, los trapicheos que se trae con la minera, o su entorno familiar, que tanto da, unido a que en los puestos de cierta relevancia de Berkeley aparece otro Santamartina, me hacen pensar lo peor de este orondo sujeto.
    Y sí, quizá Salva ya no es lo que era, pero aún recuerdo cuando estaban en el colegio de Villavieja su afan por que los chavales cogieran tablas, solicitando todo tipo de viajes con la finalidad de que vieran otros mundos, aquellas obras de teatro en el "multi", o lo que es lo mismo, otro enfoque de la actividad docente con mente abierta y progresista....Comparemos el colegio a fecha de hoy para ubicarnos.
    Pero es cierto que la actitud del hijo, no sé si compartida con los padres, me resulta penosa y lamentable.

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  5. Que yo sepa el ayuntamiento esta compuesto por siete concejales. Asi que no solo depende de lo que quiera jorge. Los demas tambien tenen que decir algo. Y los que "vivimos diariamente" en el pueblo tambien. Y hasta ahora creo que somos mayoria los que queremos la mina. Los que estais fuera, mirais, opinais y pataleais. Los que decidimos somos nosotros y si tenemos que sufrir las consecuencias de la mina seremos nosotros y no vosotros, sarna con gusto no pica. Adelante, jorge. Ladran, luego cabalgamos que diria el otro.

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  6. Si la mierda la comierais los que quereis la mina y solamente afectara a vuestra persona, propiedades etc. de acuerdo con ella, lo malo será que otras personas que no la quieren, se la tengan que comer ó contaminarle sus propiedades,rios,fauna, etc., se ve la clase de personas que sois cuando la vida de los demas os importa un carajo.

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  7. Al villaviejense del tres de febrero.
    ¿De dónde te has sacado que los que aquí opinamos estamos fuera?
    Si así fuera quizá todo esto nos importaría menos, pero ten muy claro que lo mas valioso que tenemos, tú y yo, es el pellejo.

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